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Economía

Fonavi: los familiares de personas fallecidas pueden reclamar los aportes sin necesidad de un testamento, pero deberán estos documentación

Con el inicio del cobro para el primer grupo de Reintegro 1 del Fonavi, verifica si los herederos de un exaportante fallecido pueden recibir la devolución sin un testamento.

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El grupo de reintegro 1 del Fonavi puede cobrar sus aportes asignados desde abril de 2024. Foto: El Peruano

En Perú, la devolución de los aportes del Fonavi sigue siendo un tema relevante para la ciudadanía. Con el comienzo de los pagos del grupo Reintegro 1, miles de personas ya están cobrando en el Banco de la Nación. Sin embargo, aún hay dudas sobre si los familiares de fonavistas fallecidos pueden reclamar estos fondos sin un testamento o una sucesión intestada.

La respuesta corta es que sí, es posible que los familiares, sin estos documentos, puedan cobrar el monto de la devolución asignada. Por el momento, este beneficio incluye solo a los integrantes del reintegro 1, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos con base a lo establecido por la Comisión Ad Hoc. Te presentamos cuáles son los documentos esenciales para iniciar el trámite, así como también la forma en que puedes iniciar este proceso.

¿Qué pasos debo seguir si soy heredero de un fonavista fallecido?

Antes de comenzar el proceso, es importante aclarar que la norma establece un orden de prelación establecido. Es decir, el beneficio se le dará a la persona dependiendo del lazo con el fallecido. El orden es el siguiente:

  • Cóntuge o conviviente
  • Hijos
  • Padres
  • Hermanos
  • Los mencionados en el testamento o sucesión intestada, en caso lo hubiera

Fonavi: esta es la documentación para cobrar aportes de un usuario fallecido

Para comenzar el proceso de cobro del Fonavi, el heredero forzoso debe verificar primero si el fonavista fallecido está incluido en las listas publicadas hasta la fecha. Para ello, es necesario consultar las páginas web de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc del Fonavi en el siguiente ENLACE.

Si el nombre del fonavista figura en las listas, el heredero debe presentar una declaración jurada en la que indique que es beneficiario del fonavista fallecido en cualquiera de las agencias del Banco de la Nación. Además, debe adjuntar su DNI y la documentación correspondiente según su caso.

  • Partida de defunción del fonavista fallecido cuyo nombre esté en alguno de los grupos de pago.
  • Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho, si el solicitante es cónyuge supérstite o integrante de una unión de hecho.
  • Partida de nacimiento, si los solicitantes son los hijos.
  • Partida de nacimiento del fonavista fallecido, si los solicitantes son los padres.
  • Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista fallecido, si los solicitantes son los hermanos.

Solo se presentará la sucesión intestada o el testamento en caso de otros beneficiarios.

Foto: Fonavi

¿Por qué Fonavi no tuvo éxito?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) fracasó debido a la mala administración, la desviación de fondos, la falta de registros precisos y la insuficiente voluntad política para devolver los aportes a los exafiliados. Estos problemas, junto con las reformas económicas del gobierno de Alberto Fujimori que llevaron a su disolución en 1998, contribuyeron a su ineficacia y eventual colapso.

Fonavi: ¿cuál fue la idea inicial de este sistema?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) fue creado en Perú con el objetivo inicial de financiar la construcción, adquisición y mejora de viviendas para los trabajadores. Este sistema buscaba utilizar los aportes de los empleados y empleadores para proporcionar soluciones habitacionales accesibles, mejorando así la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.