Luego de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) debe pagar la pensión de jubilación proporcional especial en favor de Isabel Castillo Marzal de 83 años. Esta decisión representa un triunfo personal para la pensionaria, además, de marcar un precedente legal para otros usuarios.
Isabel, quien había sido denegada anteriormente en su solicitud de pensión debido a la falta de reconocimiento de sus años completos de aportes por parte de la ONP, vio cómo el Tribunal Constitucional rectificó este error. La resolución subrayó la importancia de valorar adecuadamente los documentos y certificados de trabajo presentados por los solicitantes.
El caso de Isabel Castillo Marzal llegó al Tribunal Constitucional tras negativas de la ONP de reconocer su aportes. Al presentar su demanda de amparo, Isabel argumentó que el organismo había desestimado de manera injusta los certificados de trabajo emitidos por sus antiguos empleadores, lo que resultó en el no reconocimiento de todos sus años de aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
En respuesta, el TC reconoció la validez de estos documentos y garantizó así una pensión para la demandante.
La demandante alegaba que la ONP, de manera arbitraria e ilegal, no reconoció los años de aportes que hizo al Sistema Nacional de Pensiones, a pesar de haber presentado pruebas válidas de sus anteriores empleadores. Explicó que se negaron a evaluar adecuadamente los documentos que entregó, violando así su derecho constitucional a recibir una pensión.
Por su lado, el Tribunal Constitucional aclaró que los documentos presentados demostraban claramente que la demandante trabajó para el empleador Pedro José Acha; Compañía Magusa, Mueblería Unión Zacarías Nicho, Comercial Zanicha SCRL, Representaciones Electro Hogar SA, Cía de Cobranzas Huacho SCRL, Comercial Alberto de Aldo Jonni Nicho Manrique y Rapid Credit SCRL-Huacho.
Por lo tanto, el órgano jurisdiccional determinó que se deben reconocer los aportes de 8 años, 10 meses y 17 días de aportaciones al SNP, los cuales se agregarán a los 9 años y 3 meses de aportes ya reconocidos por la administración.
El TC, tras realizar una revisión detallada de todos los documentos aportados por Isabel, concluyó que efectivamente había completado un total de 18 años, 1 mes y 17 días de aportes a la ONP.
Esta suma de años incluía períodos anteriormente no reconocidos por la ONP, pero que el Tribunal determinó válidos. Además, la demandante tiene más de 65 años en la actualidad, por ende, cumple con los requisitos para acceder a una pensión de jubilación proporcional especial en el Sistema Nacional de Pensiones.