El Pleno del Congreso de la República aprobó la ley que permite la liberación del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Dicha norma fue firmada el mismo día por el presidente del Parlamento, Alejandro Soto; sin embargo, la iniciativa aún debe pasar por el Poder Ejecutivo, que definirá si se observa o se oficializa. Este poder del Estado tiene 15 días de plazo para tomar la decisión. A continuación revisa todos los detalles, ÚLTIMAS NOTICIAS y más.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) señala que las siguientes personas no reciben CTS:
- Empleados con menos de tres meses de labores
- Trabajadores a tiempo parcial o part-time
- Trabajadores bajo el régimen de Remuneración Integral Anual
- Trabajadores de microempresas. En este caso, los trabajadores tienen como beneficio laboral 15 días de vacaciones.
Los siguientes trabajadores tienen derecho a la CTS:
- Quienes estén bajo el régimen privado y tienen una jordana mínima de cuatro horas diarias.
- Los que trabajen en microempresas y que reciben un total de 15 remuneraciones diarias por cada año de servicio con un tope de 90 pagos diarios.
- Los trabajadores agrarios: el pago de CTS se incluye en su sueldo diario.
- Las trabajadoras del hogar
El proceso de liberación de los fondos de CTS aún no ha comenzado. El Congreso aprobó el 2 de mayo que millones de trabajadores puedan retirar su dinero. En caso de que el Ejecutivo decida observar la ley y el Legislativo lo apruebe por insistencia, los ciudadanos podrían acceder a su CTS desde el 4 de junio de 2024.
Según lo indicó Sunafil si la empresa donde laboras actualmente no hace el depósito de la CTS a tu cuenta bancaria, esta será multada según su condición.
El primer pago de la CTS será hasta la quincena de mayo donde se abonará el 50% del total. Sin embargo, el próximo pago será en los primeros quince días del mes de noviembre, donde se desembolsará la otra mitad del monto total.
Para el año 2024, las empresas están obligadas a efectuar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) en dos períodos específicos. Estos son: los primeros 15 días del mes de mayo, con fecha límite hasta el 15 de mayo y los primeros 15 días del mes de noviembre, con fecha límite hasta el 15 de noviembre.
Si el Poder Ejecutivo observa la norma, el Congreso de la República podría aprobarla por insistencia, ya que tiene la facultad de usar ese mecanismo.
Luego la firma y entrega de la autógrafa de ley, el Poder Ejecutivo tiene 15 días hábiles para pronunciarse sobre el proyecto aprobado, pues según el artículo 79 del reglamento del Congreso, ese es el tiempo establecido para que el gobierno pueda señalar alguna observación o disponer su promulgación en el diario El Peruano.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un ahorro forzado dispuesto en la legislación laboral del Perú que tiene por objetivo ser un fondo de contingencia para las personas ante la falta de empleo.
Si eres un trabajador o trabajadora en planilla,lo que debes hacer es comunicarte con la entidad bancaria donde la empresa te deposita tu remuneración. La consulta la puedes realizar a través de su página web o por llamada telefónica, así podrás conocer si tienes dinero en tu CTS.
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Muchos esperan el pago de la CTS para utilizarla en diferentes situaciones, este es un derecho laboral para el colaborador que se encuentra en planilla, pero qué sucede si el empleado fallece. Lo que ocurrirá con el monto de la CTS es que será entregado a los familiares: a la cónyuge u otros parientes directos.
Asimismo, la ley detalla que la empresa deberá abonar la CTS dentro de las 48 horas de haber transcurrido la muerte de su colaborador. Si la viuda o viudo desea retirar el dinero, tendrá que acudir al banco en el cual el trabajador recibía sus pagos y acreditar su condición de cónyuge.
Los empleados que cuenten con menos de un mes de antigüedad al 30 de abril de 2024 no serán beneficiarios del depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Los días trabajados dentro de este período se acumularán para el semestre de mayo a octubre de 2024. Posteriormente, la CTS correspondiente se depositará a más tardar el 15 de noviembre del mismo año, según lo detalla la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Calcular el monto de la CTS podría ser considerada como un proceso tedioso. Principalmente, se basa en la remuneración mensual y el tiempo de servicio en la empresa. La fórmula incluye una acumulación por cada año completo de servicios y una proporción por los meses adicionales, en caso de no llegar a un año completo. Además, es importante considerar que algunos componentes de la remuneración de una persona como bonificaciones o gratificaciones podrían influir en el cálculo final.
En caso la información siga siendo compleja, te recomendamos utilizar la calculadora de La República. En esta web solo deberás ingresar los datos como fecha de ingreso, tiempo laboral y otros datos que te permitirá calcular el monto que te toca recibir y la fecha máxima en la que te depositaría tu empleador.