El presidente del Congreso, Alejandro Soto, firmó la autógrafa de ley que permite el retiro facultativo del 100% de la CTS.
“El Congreso del Bicentenario cumpliendo con las demandas de la clase trabajadora”, señaló Soto.
Tras el debate que culminó esta tarde, el Pleno del Congreso de la República aprobó con 98 votos a favor, 9 en contra y una abstención, el retiro facultativo del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Con esta nueva medida, todos los trabajadores tendrán la posibilidad de retirar sus fondos hasta el 31 de diciembre del presente año.
El presidente del Congreso, Alejandro Soto, firmó la autógrafa de ley que permite el retiro facultativo del 100% de la CTS.
“El Congreso del Bicentenario cumpliendo con las demandas de la clase trabajadora”, señaló Soto.
El Congreso deberá enviar el proyecto de ley a la presidenta Dina Boluarte. Ella tendrá dos opciones: promulgar la ley u observarla y reenviarla al Legislativo. En ambos casos, el Ejecutivo tendrá hasta 15 días hábiles para responder luego de que el Parlamento le envié la propuesta. En caso suceda lo último, los congresistas podrán aprobar la ley mediante su insistencia.
Para determinar la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) se deben cumplir varios factores. El primero es laborar en una empresa por un mes como mínimo, y realizar jornadas mayores a 4 horas hasta antes del 30 de abril o 31 de octubre del año en curso. En caso de cumplir con este requisito, pero tener menos de 6 meses de labores, se realizará un prorrateo.
Muchos esperan el pago de la CTS para utilizarla en diferentes situaciones, este es un derecho laboral para el colaborador que se encuentra en planilla, pero qué sucede si el empleado fallece. Lo que ocurrirá con el monto de la CTS es que será entregado a los familiares: a la cónyuge u otros parientes directos.
Asimismo, la ley detalla que la empresa deberá abonar la CTS dentro de las 48 horas de haber transcurrido la muerte de su colaborador. Si la viuda o viudo desea retirar el dinero, tendrá que acudir al banco en el cual el trabajador recibía sus pagos y acreditar su condición de cónyuge.
Con 98 votos a favor, 9 en contra y 1 abstención, el Congreso de la República aprueba retiro facultativo del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024.
Como lo mencionó durante su presentación, la congresista Kira Alcarráz de la bancada Podemos Perú ha presentado una propuesta de texto sustitutorio para extender la liberación del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el mes diciembre de 2025.
El parlamentario de la bancada Cambio Democrático se mostró a favor de la aprobación del dictamen que autoriza el retiro facultativo, señalando que la ciudadanía necesita acceder a este dinero para cubrir sus necesidades básicas.
Alejandro Cavero, congresista Avanza País, se mostró en contra del retiro facultativo del 100% de la CTS, al señalar que un eventual retiro pondría en riesgo a la masa laboral formal en caso pierdan sus trabajos, ya que quedarían desprotegidos económicamente.
Diana Gonzales, parlamentaria de la bancada de Avanza País, indicó que la CTS es un derecho que solo beneficiará al trabajador formal, el cual representa el 28.9%, por ende, no brinda soluciones a las necesidades de los trabajadores informales y/o en situación de pobreza.
Legisladora señaló que retiro servirá como paliativo para las familias peruanas. Asimismo, indicó que el Congreso es el que impulsa la reactivación económica, debido al consumo que los peruanos y peruanas realizan con su propio dinero para su alimentación, en lugar de poder guardarlo para gastos futuros.
Duante sus dos minutos de participación, el congresista Víctor Cutipa señaló que esta medida dinamizará la economía al facilitar el acceso a recursos economómicos a la ciudadanía, evitando que caigan en la actividad informal para generar su propio sustento.
Parlamentario Eduardo Castillo pide aprobar el retiro del 100% de CTS como respuesta al clamor popular, argumentando que la ciudadanía cuenta con diversos problemas económicos y sanitarios por los cuales urgen disponer de este dinero.
Los congresistas han solicitado a la Mesa Directiva que agilice el proceso de debate sobre el retiro de la CTS, con el fin de proceder rápidamente a la votación del dictamen que permitiría la disposición del 100% de los fondos.
Congresista José Bernardo Pazo Nunura, pide que la apruebación del dictamen que autoriza la disposición del 100% de CTS se extienda hasta el 31 de diciembre del 2025, puesto que debido a la situación económica puede que este pedido se replique el próximo año.
María del Carmen Alva, como parte de su participación durante la sesión que viene sosteniendo el Pleno, dio visto bueno a la posición de ambas comisiones al mostrarse a favor del dictamen que autoriza la disponibilidad del 100% de fondos de la CTS hasta el 31 de diciembre. Asimismo, indicó que el mayor porcentaje de ciudadanos utilizó su CTS en gastos, y no en inversiones ni pago de deudas.
Segundo Quiroz, parlamentario del Bloque Magisterial, manifiesta que esta medida será un "alivio para las familias" y trabajadores, quienes se han visto perjudicados por la coyuntura económica, entre los cuales menciona factores como la recesión y el impacto del fenómeno El Niño.
Durante su pronunciación en el Pleno del Congreso, el parlamentario José Luna se mostró a favor, indicando que esta medida favorecerá la reactivación de la economía. “Con las normas que el Congreso ha aprobado, se reactivará la economía. Se soltará la liquidez para que las microempresas no quiebren. Sea una ampliación del 2024 o 2025, estoy de acuerdo”, argumentó.
El Presidente de la Comisión de Trabajo, el parlamentario Pasión Dávila exhortó al Pleno del Congreso aprobar el dictamen que autoriza la liberación del 100% de la CTS, argumentando que debido al impacto económico la masa laboral requiere acceder a estos fondos.
Según el artículo 52 del Reglamento del Congreso, al igual que en el caso de la ley de retiro de la AFP, solo se requiere una mayoría simple para aprobar el dictamen que permite la liberación del 100% de los fondos de la CTS. Esto se debe a que no se trata de una ley orgánica.
La parlamentaria de Podemos Perú, Digna Calle, señaló en su cuenta de twitter "que el Congreso tiene la obligación de responder al clamor del pueblo" en el marco del próximo debate de la liberación del 100% de la CTS que se realizará este jueves 2 de mayo.
Por su parte, el congresista José Luna dijo lo siguiente: “Debemos tomar en cuenta que, para muchos peruanos, pese a que siguen trabajando, los sueldos han perdido su poder adquisitivo y hoy requieren de ingresos extras para cumplir con las obligaciones familiares y muchos recurren al endeudamiento para cubrir las necesidades de sus familias. Poder contar con el ahorro de la CTS es un alivio para la gran mayoría”.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) constituye un fondo que los empleadores están obligados a depositar legalmente, diseñado principalmente para proteger a los trabajadores ante la eventualidad de un despido y la consiguiente falta de ingresos.
Este sistema tiene como propósito principal proporcionar un respaldo económico en situaciones de desempleo, garantizando así una cierta estabilidad financiera para el empleado durante períodos de transición laboral.
De acuerdo a la Cámara de Comercio de Lima, los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) pueden ser embargados cuando el trabajador tenga deudas por alimentos, hasta el 50%. Ten en cuenta que este beneficio social se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, aun cuando exista embargo judicial por deudas de alimentos.
En este caso, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada conforme a ley y el embargo se debe solicitar al banco depositario, salvo que se trate de la CTS que se consigna en la liquidación del trabajador que cesa y cuyo plazo para su depósito aún no ha vencido.
Los empleados que cuenten con menos de un mes de antigüedad al 30 de abril de 2024 no serán beneficiarios del depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Los días trabajados dentro de este período se acumularán para el semestre de mayo a octubre de 2024. Posteriormente, la CTS correspondiente se depositará a más tardar el 15 de noviembre del mismo año, según lo detalla la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se otorga exclusivamente a los trabajadores del régimen laboral privado que cumplan, como mínimo, con una jornada diaria de cuatro horas.
Congresista Valdemar Cerrón se suma a sesión del Pleno para debatir el dictamen que autoriza el la liberación del 100% del dinero hasta el 31 de diciembre del 2024.
Calcular el monto de la CTS podría ser considerada como un proceso tedioso. Principalmente, se basa en la remuneración mensual y el tiempo de servicio en la empresa. La fórmula incluye una acumulación por cada año completo de servicios y una proporción por los meses adicionales, en caso de no llegar a un año completo. Además, es importante considerar que algunos componentes de la remuneración de una persona como bonificaciones o gratificaciones podrían influir en el cálculo final.
En caso la información siga siendo compleja, te recomendamos utilizar la calculadora de La República. En esta web solo deberás ingresar los datos como fecha de ingreso, tiempo laboral y otros datos que te permitirá calcular el monto que te toca recibir y la fecha máxima en la que te depositaría tu empleador.
En caso de que el titular de una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú fallezca, los fondos acumulados en dicha cuenta se transfieren a sus herederos legales. El proceso implica que los beneficiarios presenten la documentación necesaria, como el certificado de defunción y la declaración sucesoria, ante la entidad financiera donde se encuentra depositada la CTS. Esta transferencia se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes en materia de sucesiones.
El CTS es un depósito que realiza el empleador por mandato legal, cuyo objetivo principal es mitigar el riesgo asociado con la terminación de la relación laboral y la potencial pérdida de ingresos que esto conlleva. Este mecanismo busca ofrecer una seguridad financiera en caso de desempleo.
En caso de incumplimiento del depósito de la CTS en el plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) puede aplicar multas diferenciadas por infracción grave.
“Aquí se aplicará tres escalas de multas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa las que oscilan entre los S/566 y S/134.518”, indicó Álvaro Gálvez, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima.
Los depósitos de la CTS pueden ser embargados hasta el 50% por deudas de alimentos. Si bien este beneficio económico se abona en un banco o entidad elegida por el trabajador, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada conforme a ley y que el embargo se debe solicitar al banco depositario.
- Los trabajadores que están bajo el régimen privado y tienen una jordana mínima de cuatro horas diarias. - Quienes laboran en microempresas que reciben un total de 15 remuneraciones diarias por cada año de servicio con un tope de 90 pagos diarios. -Trabajadores agrarios: el pago de CTS se incluye en su sueldo diario. -Trabajadores del hogar también reciben este pago, ya que fueron incluidos recientemente.
Las empresas deben realizar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al primer semestre del año antes del 15 de mayo. Este período abarca desde noviembre del año anterior hasta abril del año en curso.
Por lo tanto, para el semestre comprendido entre noviembre de 2023 y abril de 2024, la fecha límite para que los empleadores efectúen este pago es el miércoles 15 de mayo. Esta disposición afecta a los empleados formales en Perú que reciben este beneficio, y las empresas están obligadas a cumplir con este plazo para depositar la CTS en las cuentas respectivas de sus trabajadores.
El Pleno del Congreso, que debatirá los dictámenes para autorizar la libre disposición del 100% de la CTS hasta fines del 2024, iniciará su sesión ordinaria este jueves 2 de mayo a las 10 a. m.
Los dictámenes de las comisiones de Trabajo y Economía podrían ser consensuadas en un solo texto para proceder a su debate y votación este jueves 2 de mayo en el Pleno. De conseguir una mayoría simple de votos, la autógrafa de ley para autorizar un nuevo desembolso de la CTS por todo el 2024 será enviada al Poder Ejecutivo, que podría observarla o autorizar su promulgación en el diario oficial El Peruano.
Según el artículo 52 del Reglamento del Congreso, solo se requiere de una mayoría simple para aprobar el dictamen que busca autorizar la libre disponibilidad del 100% de fondos de la CTS, ya que no es una ley orgánica o una norma presupuestaria.
La congresista de Podemos Perú, Digna Calle, señaló en su cuenta de twitter "que el Congreso tiene la obligación de responder al clamor del pueblo" en el marco del próximo debate de la liberación del 100% de la CTS que se realizará este jueves 2 de mayo.
Por su parte, el parlamentario José Luna dijo lo siguiente: “Debemos tomar en cuenta que, para muchos peruanos, pese a que siguen trabajando, los sueldos han perdido su poder adquisitivo y hoy requieren de ingresos extras para cumplir con las obligaciones familiares y muchos recurren al endeudamiento para cubrir las necesidades de sus familias. Poder contar con el ahorro de la CTS es un alivio para la gran mayoría”.
La Junta de Portavoces del Congreso acordó por unanimidad que este jueves 2 de mayo se priorice la discusión en el Pleno de los dictámenes que buscan autorizar la libre disposición del 100% de la CTS.
Tras la aprobación del Congreso, la autógrafa pasará al Ejecutivo, el cual tendrá como plazo máximo 15 días para realizar alguna observación o proceder con la publicación en el diario El Peruano. El presidente del Congreso, Alejandro Soto, ya firmó la autógrafa de ley, por lo que resta su envío hacia el Ejecutivo.