El Poder Ejecutivo aprobó las disposiciones reglamentarias de la Ley del Joven Empresario (Ley 31828), que permitirán la aplicación de los beneficios tributarios incluidos en dicha norma.
El Decreto Supremo N° 054-2024-EF establece disposiciones que permitirán consolidar un marco normativo promotor de fuentes de trabajo formal para los jóvenes, "contribuyendo al desarrollo económico del país".
La Ley del Joven Empresario establece que las empresas que contraten uno o más trabajadores nuevos podrán gozar de una deducción adicional del 50% de la remuneración básica que se les pague, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual.
Los beneficios tributarios tienen efectos en la determinación del Impuesto a la Renta de los ejercicios 2024 y 2025, señala el dispositivo impulsado hace poco menos de un año atrás.
Las medidas de la Ley del Joven Empresario son aplicables a las relaciones laborales iniciadas a partir del 1° de enero de 2024 que cumplan con determinados requisitos, como, por ejemplo:
El decreto recientemente publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) establece, entre otros, lo siguiente:
Las disposiciones aprobadas por el Gobierno plantean también las definiciones formales referidas al status de los trabajadores al momento de su contratación, y a las remuneraciones principales fija y variables que recibirán.
Finalmente, todas las remuneraciones se consideran como deducibles, se establecen procedimientos para que las empresas certifiquen que el número de trabajadores declarados bajo estas disposiciones reglamentarias es mayor a la cantidad que tenían previamente. Es decir, que efectivamente han realizado nuevas contrataciones.