El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF hasta por la suma de US$100 millones.
El monto fijado en el Decreto Supremo 012-2024-EF -bajo el marco de la Ley 31640, de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023-, está destinado a financiar parcialmente el Programa de Inversión “Programa Nacional de Riego Tecnificado para una agricultura climáticamente resiliente”.
La cancelación de la citada operación de endeudamiento externo se efectúa mediante 22 cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, con un periodo de gracia de 6 años y seis 6 meses. La operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés basada en la Tasa SOFR, más un margen a ser determinado por el BIRF, de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de compromiso del 0,25% anual sobre el saldo no desembolsado del préstamo; así como a una comisión inicial que se pagará por una sola vez, equivalente a 0,25% sobre el monto del préstamo.
Cabe precisar que el “Programa Nacional de Riego Tecnificado para una agricultura climáticamente resiliente” demandará una contrapartida nacional de hasta US$26 millones 531.372, para lo cual ha presupuestado los recursos necesarios para financiar la contrapartida nacional para el presente año.
La referida operación de endeudamiento externo cumple con lo establecido en el Decreto Legislativo 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, así como con la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”.