El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el reglamento de la ley N° 31602, que establece que los trabajadores tienen derecho a una licencia por fallecimiento de familiares. La medida busca proteger los derechos de quienes estén pasando momentos muy difíciles como lo es la pérdida de un ser querido.
Esta propuesta fue aprobada por el Pleno del Congreso de la República el 22 de septiembre de 2022 y promulgada por el Poder Ejecutivo en noviembre del mismo año. Finalmente, el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31602 se publicó en el diario El Peruano el último 24 de diciembre de 2023.
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La licencia por fallecimiento de un familiar es de cinco días calendario. El trabajador, por derecho, puede ausentarse de su puesto esta cantidad de días con goce de remuneración.
Además, si el deceso del familiar se produce en una zona geográfica distinta a las del centro de labores, la licencia debe extenderse hasta el término de la distancia, comprendiendo los días adicionales para el desplazamiento del trabajo según el transporte utilizado.
Esta ley aplica para los que laboren en el sector privado. El empleador puede fiscalizar el uso apropiado de la licencia prevista en la ley, para lo cual el trabajador debe prestar su debida colaboración.
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Tu trabajo debe otorgarte licencia si uno de estos familiares tuyos fallece:
Tu trabajo en el sector privado debe darte licencia por fallecimiento de un hermano, cónyuge, hijo o padre. Foto: Bing