El Poder Ejecutivo modificó los límites máximos de antigüedad que deberán tener los vehículos de transporte de personas y de carga que serán beneficiados con la devolución del 70% del monto correspondiente al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por galón de diésel.
El nuevo esquema estipula que el límite general es de 15 años para las unidades que brindan el servicio de transporte terrestre de personas de ámbito regional y provincial, en adición a aquellos a nivel nacional.
Para el caso del servicio de transporte público terrestre de carga, se establece un máximo de 30 años de antigüedad con la exigencia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
Cabe señalar que, por medio del Decreto Supremo n.° 164-2023-EF, se estableció la modificación del Reglamento de la Ley 31647, que determina la devolución del ISC aplicable al combustible diésel. La iniciativa contó con la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio del Ambiente (Minam).
Esta medida, que regirá hasta el 31 de diciembre del año 2025, busca fortalecer la seguridad vial y reducir los accidentes de tránsito debido a que los transportistas destinarán una mayor inversión de recursos en el mantenimiento para garantizar las condiciones de calidad en la prestación del servicio. Asimismo, se espera devolver un total de S/345 millones en los siguientes 2 años.
El conductor que cuente con una autorización vigente deberá presentar una solicitud ante la Sunat y proporcionará los detalles de las compras de combustible realizadas a proveedores inscritos en el registro correspondiente de Osinergmin.
La Sunat efectuará evaluaciones trimestrales de las peticiones y divulgará la lista de transportistas que recibirán el reembolso, junto con la cantidad correspondiente.