La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi (SEL), por medio de la Resolución 0072-2023/SEL-INDECOPI, decidió suspender, este lunes 6 de marzo, el procedimiento principal relacionado con medidas que prohíben la tercerización laboral. Esto aplica para actividades que forman parte del núcleo de una empresa hasta que se resuelvan los procesos de acción popular interpuestos ante el Poder Judicial.
Cabe señalar que las medidas cautelares ordenadas en la Resolución 0355-2022/SEL-INDECOPI del 30 de septiembre de 2022 se mantienen vigentes y eficaces.
El Indecopi tomó la decisión debido a que diversas empresas han interpuesto demandas de acción popular ante el Poder Judicial (Expediente 756-2022-0-1801-SP-DC-03) en contra del Decreto Supremo 001-2022-TR, que dispone la prohibición de la tercerización laboral y que no ha sido resuelto aún.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo recogido en el inciso 2 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas y el artículo 65 del Decreto Legislativo 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi, la Sala dispuso la suspensión del procedimiento.
Asimismo, se precisa que este no es un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia denunciada, sino únicamente suspende el proceso de eliminación de barreras burocráticas hasta que el Poder Judicial emita una sentencia definitiva.