Los días 25 de diciembre y 1 de enero son días feriados en Perú debido a las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, respectivamente. La legislación determina que todo trabajador tiene derecho a un descanso remunerado, o bien accederá a un pago extra por laborar durante las fiestas. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) precisa cuánto debe recibir cada trabajador.
La autoridad competente recordó que los empleadores que no cumplan con este pago extra recibirán una multa. El castigo será de entre S/1.058 y S/3.128 para las microempresas, y para las pequeñas empresas el margen va desde S/3.542 hasta S/35.190. Para el caso de las compañías no mype, la sanción económica oscilará entre S/12.098 y S/241.638.
De acuerdo con Sunafil, si un trabajador cumple labores en día feriado y no tiene día de descanso sustitutorio, deberá recibir tres pagos:
Por ejemplo, para el caso de un trabajador que percibe por día S/34,16 (con sueldo mensual de S/1.025), se deberá multiplicar esta cifra por tres. De este modo, se obtiene un total de S/102,50 por trabajar en feriado. Recuerda que no se considerará feriado si el turno de trabajo empieza un día laborable y termina en uno no laborable.
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Sunafil indica que el descanso semanal obligatorio se otorga, preferentemente, los domingos. “Cuando el feriado coincida con el día de descanso (como en estas fiestas de fin de año), ambos se superponen y se hacen valer como un solo día de descanso”, sostiene la institución. Por tal motivo, al trabajador se le remunera un solo pago diario.