Las empresas privadas tienen plazo hasta la quincena de noviembre para realizar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) correspondiente al semestre mayo-octubre.
Gracias a la medida promulgada en mayo de este año mediante la Ley n.° 31480, cuyo objetivo es atenuar los efectos derivados de la crisis económica por la COVID-19, los trabajadores que se encuentran en planilla tendrán la posibilidad de disponer del 100% de este fondo hasta el 31 de diciembre del 2023.
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es el que corresponde a todos los trabajadores de una empresa que se encuentran en planilla y su jornada laboral conste de al menos cuatro horas diarias o 20 horas semanales. Su objetivo es brindar al afiliado y a su familia un dinero que le permita cubrir sus gastos inmediatos en caso quede desempleado.
Beneficio laboral. La CTS equivale a 1,7 remuneraciones mensuales y se paga en dos partes: en mayo y noviembre. Foto: difusión
Conoce los pasos para calcular tu CTS con la ayuda de La República:
Calcula tu CTS. Foto: LR
Si deseas calcular el monto que te corresponde en noviembre por la CTS 2022, debes considerar la remuneración computable (RC), que es el el pago básico por el tiempo de servicios prestados. También se debe tener en cuenta elementos como la asignación familiar, el total de horas extras en el último semestre y la gratificación percibida.
La operación matemática sería la siguiente: [remuneración + asignación familiar + (gratificación * 1/6)]/2. El resultado de ello es lo que la empresa depositará como CTS.
Si tu sueldo es de S/ 6.000, recibes una asignación familiar de S/ 70 y una gratificación de S/ 6.000, la formula para calcular tu CTS es la siguiente [remuneración + asignación familiar + (gratificación * 1/6)]/2.
Si posees una remuneración de S/ 2.000, una asignación familiar de S/ 70 y una gratificación de S/ 2.000. Además, el promedio de comisiones del semestre respectivo que recibiste es de S/ 530 y el promedio de la remuneración de las horas extras asciende a S/ 30. La fórmula para sacar el monto de tu CTS es la siguiente: [remuneración + asignación familiar + (gratificación * 1/6) + promedio comisiones + promedio horas extra]/2.
Todos los trabajadores del régimen laboral común privado con jornadas de cuatro horas diarias podrán acceder al retiro de la CTS. Foto: La República
Si llevas menos de seis meses trabajando, el cálculo se realizará de forma proporcional a ese periodo. Por ejemplo, si has trabajado solo cuatro meses, la RC se multiplicaría por cuatro y se dividiría igual entre 12. Además, si al 15 de noviembre hubieras trabajado menos de un mes, no recibirías CTS, sino que los días trabajados se sumarán al monto del siguiente período, es decir para el depósito de mayo.