El caso del ‘Cártel del GNV’, que involucra a 63 empresas y 29 funcionarios que concertaron precios del gas natural vehicular en Lima y Callao entre 2011 y 2015, continuará tramitándose en vía administrativa antes de acudir a la vía judicial.
Así lo dispuso la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado del Poder Judicial, sobre el caso que ya fue sancionado en primera instancia por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi.
En adelante, se deberá esperar que la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi (SDC) resuelva el caso; sin perjuicio de que, una vez emitida esta resolución, las partes puedan impugnarla de considerarlo pertinente.
Ello, luego de que algunas empresas involucradas formularan diversas acciones ante el Poder Judicial para que se declare caducidad y archivo del procedimiento, pues a su criterio este habría sido resuelto fuera del plazo legal, pero sin esperar que la SDC resuelva las apelaciones y emita su pronunciamiento final.
En 2019, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (CLC) multó con más de S/ 459 millones, en primera instancia administrativa, a 63 empresas dedicadas a la venta de Gas Natural Vehicular (GNV) y a 29 de sus funcionarios, por acordar el incremento conjunto de sus precios.
El cártel, que operó en Lima y Callao entre julio de 2011 y mayo de 2015 con empresas como Terpel, Primax y Gazel, entre otras, fue detectado por la Secretaría Técnica de la Comisión, gracias a la constante supervisión del mercado.
Así, en mayo de 2015 se inició una investigación preliminar que consistió una serie de inspecciones sin previo aviso a las empresas investigadas, obteniéndose copia de correos y registros electrónicos que revelaban acuerdos secretos de precios entre empresas competidoras (cártel de precios) vigentes a la fecha de las inspecciones.
La evidencia obtenida durante la investigación determinó que este cártel operó de manera secreta entre 2011 y 2015, a través de coordinaciones efectuadas entre funcionarios y empleados de diversas estaciones de servicio competidoras entre sí, quienes acordaron el precio que cobrarían o los incrementos que realizarían.
Como resultado de estas acciones anticompetitivas, el cártel impuso a sus clientes incrementos de precio (sobreprecios) hasta en 38% por metro cúbico de GNV, restringiendo la competencia en este mercado. El beneficio que las empresas habrían obtenido por esta mala práctica asciende a S/ 152 millones 675.916,44.
El grifo que cometió la presunta irregularidad opera con el nombre comercial de Primax. Foto: Indecopi
“El incremento del precio afectó a los principales demandantes del GNV que son taxistas, pero también pudo afectar a los usuarios de los servicios de taxi, en la medida que los taxistas hayan trasladado el incremento a sus usuarios a través de mayores precios”, manifestó Indecopi en su momento.
En total, las empresas fueron sancionadas con 110.409,97 UIT (S/ 458 millones), mientras los funcionarios que participaron en el planeamiento o ejecución del acuerdo, con 419,08 UIT (S/ 1,7 millones).