El 15 de diciembre vence el plazo para que las empresas privadas depositen la gratificación por Navidad 2021 a sus trabajadores, sin importar la modalidad bajo la cual hayan sido contratados (contrato a plazo indeterminado, a plazo fijo o a tiempo parcial). Te contamos cuál es el monto que te corresponde recibir este mes por el pago de este concepto.
La Cámara del Comercio de Lima (CCL) señala que este beneficio laboral corresponde a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial.
Los empleados deberán haber laborado al menos un mes completo entre julio y diciembre de este año.
En lo que corresponde a los trabajadores de las pequeñas empresas, la normativa establece que los contratados, después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), recibirán medio sueldo por el concepto de gratificación.
También tienen derecho a la gratificación de Navidad los trabajadores de la microempresa que fueron contratados antes de que esta se inscriba en el Remype.
En la misma línea, a las trabajadoras del hogar también les corresponde este beneficio laboral. La Ley 31047 indica que el monto equivale a un sueldo completo.
En el caso de los trabajadores de el Régimen Laboral Agrario, tienen derecho a la gratificación de fin de año siempre que hayan comunicado a su empleador su deseo de recibir el dinero en un desembolso semestral. De lo contrario, este concepto se paga junto a su remuneración diaria.
La Ley de Gratificaciones n.º 27735 especifica que el monto asignado por este concepto deberá ser igual a un sueldo integro del trabajador, sin ningún descuento, si laboró el semestre completo de julio a diciembre y se encuentra trabajando a la fecha que se realiza el depósito.
Al respecto, Mauricio Matos, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú, precisa que en caso de que el empleado haya trabajado más de un mes y no se encuentre laborando a la fecha de pago de la gratificación, “le corresponderá recibir una gratificación proporcional en función a los meses laborados entre julio y diciembre”.
Para el cálculo del monto por gratificación se toma en cuenta el último salario bruto que recibió el trabajador. A ello, se le suma una bonificación extraordinaria del 9% si aporta a Essalud o 6,75% si esta afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS).
Si el empleado no laboró el semestre completo, la gratificación será igual a un sexto de su remuneración por cada mes laborado, explica la CCL.
Por su parte, EY Perú indica que en ningún caso se incluyen en el cálculo los conceptos que no sean remunerativos (utilidades, prestaciones alimentarias, movilidad supeditada a la asistencia al centro de trabajo, entre otros) ni tampoco las condiciones de trabajo que son necesarias para la prestación del servicio.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), ha habilitado el aplicativo Calcula tu grati, para que las y los trabajadores conozcan, de manera referencial, la gratificación que debe abonarles su empleador, con ocasión de la Navidad 2021, cuyo plazo de depósito vence este 15 de diciembre.
Esta plataforma en línea está dirigida a las y los empleados del régimen privado que laboren en pequeñas, medianas y grandes empresas. En tanto, los trabajadores de las microempresas no perciben gratificaciones.
Asimismo, este aplicativo puede usarse para las dos gratificaciones legales, que se otorgan tanto en el mes de julio, por Fiestas Patrias; como en el mes de diciembre, por Navidad.
La Sunafil recomienda que tengas a la mano tu DNI y tus últimas boletas de pago, ya que el aplicativo te pedirá el monto de tu remuneración, horas extras y comisiones ganadas en el último semestre (en caso aplique).
Si quieres conocer el monto aproximado de la gratificación que recibirás en diciembre, ingresa a esta nueva plataforma online de manera gratuita. Foto: Sunafil