El nuevo directorio del Banco Central de Reservar del Perú (BCRP) deberá ser elegido, como máximo, entre setiembre y octubre próximo.
El ministro de Economía y Finanzas (MEF), Pedro Francke, adelantó en una conferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) el pasado 20 de agosto que la responsabilidad de elegir personas idóneas corresponde al Ejecutivo y Legislativo.
“Esto es responsabilidad en parte del Poder Ejecutivo y Congreso. El Congreso ya aprobó una moción para elegir esos cargos, estamos en proceso de concertación porque queremos un directorio que asegure la estabilidad monetaria”, dijo el titular del MEF.
En este sentido, el ministro aseguró que, en su experiencia, casi ningún Gobierno en el Perú o en la región nombra a su directorio del banco central en un mes o menos desde el cambio de mando.
“No ha habido ningún caso en la cual este nombramiento haya sido en agosto, este nombramiento suele ser en setiembre u octubre”, enfatizó Francke.
De acuerdo con el artículo 10 de la Ley Orgánica del BCRP, el nombramiento del directorio debe hacerse dentro de los 30 días primeros días de iniciada la primera legislatura ordinaria, la misma que inició el pasado 27 de julio. Sin embargo, en la práctica la mayoría de casos se ha excedido este lapso porque no hay una sanción de por medio.
Por ejemplo, en el año 2016 el Congreso de la República eligió a los miembros que le correpondían casi en noviembre. En efecto, el 27 de octubre de ese año fueron designados José Chlimper, Elmer Cuba y Rafael Rey, más de un mes después de que Julio Velarde y otros tres directores fueran confirmados por el Ejecutivo.
El Directorio es la más alta autoridad institucional del BCRP y está compuesto por siete miembros que ejercen su mandato en forma autónoma.
El Poder Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a éste y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros