El Ministerio de la Producción (Produce) estableció en hasta 150.000 toneladas el límite máximo de captura de anchoveta para el consumo humano directo, para este año.
Dicho límite podrá ser modificado en función al seguimiento permanente de la pesquería de anchoveta que realiza el Instituto del Mar del Perú - Instituto del Mar Peruano (Imarpe), a efectos de garantizar el abastecimiento. La conclusión de las actividades extractivas será una vez alcanzado el referido límite.
Los establecimientos industriales pesqueros con licencias de funcionamiento de consumo humano directo, bajo responsabilidad, sólo deben recibir los volúmenes de recurso anchoveta a ser destinados exclusivamente para la elaboración de conservas, congelados, curados y otros productos para consumo humano directo que les fuere autorizados, en función a la capacidad instalada y al requerimiento de materia prima que demande su programa de producción.
La norma publicada este viernes 11 de junio también señala que el incumplimiento de las disposiciones será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, y demás normas.