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Economía

Retiro del 100% de CTS: Gobierno oficializa norma que beneficia a trabajadores

Con el objetivo de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del coronavirus, el Ejecutivo autorizó, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, la disposición de la CTS.

larepublica.pe
Con el objetivo de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del coronavirus, el Ejecutivo autorizó, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, la disposición de la CTS.

Este martes 4 de mayo, el Gobierno autorizó el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores de empresas formales. A través de la ley Nº 31171, se dio a conocer las condiciones para hacer efectivo este beneficio.

En el Decreto Supremo N.º 010-2021-TR se precisa que se podrá solicitar a la entidad financiera el desembolso del dinero a la cuenta del trabajador. Este procedimiento, preferentemente, se realizará por vía remota para contrarrestar el avance del coronavirus.

La entidad financiera que actúa como depositaria de la CTS podrá enviar el dinero del empleado a una empresa del sistema financiero, cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, o empresa emisora de dinero electrónico.

Para que las empresas hagan esta operación, los trabajadores deberán presentar la solicitud de desembolso. Tras ello, se realizará la transferencia en un plazo no mayor de dos días hábiles.

Una cooperativa de ahorro y crédito, una empresa emisora de dinero electrónico o una empresa financiera (banco, caja municipal, caja rural) también podrán recibir el depósito.

Los beneficiarios de esta norma son los trabajadores del sector privado, los trabajadores de las empresas del Estado y los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen 728. Ellos tendrán la facultad de realizar retiros, totales o parciales, del monto que tengan disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.

Depósito de mayo

En la mediana y gran empresa, si el trabajador laboró en el periodo semestral completo –noviembre a abril–, su CTS a depositar será el 50% de la suma del sueldo de abril y de la sexta parte de la gratificación obtenida en diciembre del 2020. Por ejemplo, si el sueldo de abril fue de S/ 3.000 y el sexto de la gratificación de diciembre fue S/ 500, el monto a depositar será S/ 1.750.

Los trabajadores de las pequeñas y micro empresas que hayan tenido ingresos de hasta 1.700 UIT y 150 UIT, respectivamente, también acceden a la CTS según la regla general siempre que dichas empresas no estén inscritas en el Remype o hayan sido contratados antes de la inscripción al régimen especial.

En tanto, aquellos que recién hayan ingresado durante abril último a laborar no recibirán CTS, pero sus días laborados contabilizarán para el depósito de noviembre.

CTS

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