Este viernes el Gobierno publicó el reglamento del PAE-Mype, un programa que otorga créditos a través de las entidades financieras o COOPAC mediante el fideicomiso con garantía del Estado para que las mypes cuenten con capital de trabajo, al verse afectadas por el cierre de actividades propias por la pandemia.
Cabe precisar que, según el DU N°019-2021 publicado el pasado mes de febrero, las mypes podrán acceder hasta 20 mil soles en créditos con garantía del 98%, mientras que, los montos superiores al mencionado hasta 60.000 soles, será con garantía del 90%.
La normativa publicada en Extraordinarias de El Peruano, precisa que el plazo de pago no puede ser mayor a 36 meses, incluido el periodo de gracia que se otorgue que no puede ser mayor a 12 meses.
Así, concluido el periodo de gracia, el crédito garantizado se paga en cuotas mensuales iguales, pudiendo la mype solicitar la reducción del plazo de pago en caso lo considere necesario, lo cual debe informarse por las ESF o COOPAC a Cofide, entidad que hará saber esta reducción al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Además, el reglamento de PAE-Mype recalca que no se podrá utilizar estos recursos para pagar obligaciones financieras vencidas (deudas) y/o prepagar obligaciones financieras vigentes antes de cancelar los créditos garantizados.
Sumado a que la mype que acceda a este programa, debe obligarse a no distribuir dividendos ni aprobar y/o repartir utilidades durante la vigencia de los créditos garantizados, salvo por el monto y/o porcentaje correspondiente a la participación en las utilidades de los trabajadores que sea exigible bajo las leyes laborales vigentes.
Tampoco podrán usarse para la compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios, así como para realizar aportes de capital ni inversiones, salvo aquellas inversiones de muy corto plazo, destinadas a la rentabilización de los excedentes de caja, precisa la normativa.
En el caso que la mype incumpla los pagos por 90 días consecutivos, la ESF o COOPAC debe seguir el procedimiento de activación de cobertura establecido por Cofide.
Cabe recalcar que el PAE-Mype tiene una vigencia de cuatro años contados desde la suscripción del respectivo contrato de fideicomiso.
Entre los puntos más importantes, destaca que para acceder al PAE-Mype, los negocios no deben estar en ningún régimen de intervención, disolución y liquidación o plan de saneamiento financiero exigido por la SBS u otro órgano de regulación.
Tampoco deben ser contraparte de Cofide o el MEF en un proceso judicial o procedimiento administrativo.
Además, deben tener una clasificación de riesgo igual o mejor a C, vigente al 31 de diciembre de 2020.