La muerte de los dos jóvenes en un restaurante de McDonald´s, en diciembre pasado, dio pie a que se hagan modificaciones a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en el país, entre ellos, que el Seguro de Vida Ley esté vigente desde el primer día de labores de los trabajadores del sector privado y también del régimen 728 del sector público.
Lo anterior está vigente desde el pasado 11 de febrero. Desde esa fecha, las empresas están obligadas a contratar el Seguro de Vida, el cual dará un alivio económico temporal a los familiares de un trabajador ante su fallecimiento por muerte accidental o invalidez permanente que suceda durante su jornada laboral. Y para febrero del 2021, también cubrirá una pensión por muerte natural.
Sin embargo,hace algunos días, la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) alertó que la norma aprobada no cubre a 9 de cada 10 trabajadores estatales, pues la ley no los incluye. Es decir, que el Estado obligó a las empresas privadas a proteger a sus empleados, sin embargo, en el ámbito público la cantidad de personas sin seguridad ante un accidente laboral es del 90%.
Al respecto, el presidente del gremio, Eduardo Morón, indicó a La República que la decisión del Gobierno habría respondido a “falta de presupuesto” para asegurar al 100% de sus trabajadores. Sin embargo, el representante añadió que el costo “es insignificante frente al pliego de salud para atender a todos los trabajadores”.
“Todos los trabajadores públicos deberían tener igualdad de condiciones”, agregó Morón.
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Consultado por La República, Juan Carlos Gutierrez, Director General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) señaló que “la posibilidad de extender el beneficio del seguro de vida para todos los trabajadores del Estado debe ser evaluada en el marco de la implementación del régimen del Servicio Civil, así como, tomar en cuenta las disposiciones en materia presupuestal”.
Explicó, además, que el seguro de vida a cargo del empleador es un beneficio social previsto en el Decreto Legislativo N° 688, norma que data del año 1991, pero que solo prevé el seguro de vida como un derecho de los trabajadores de la actividad privada, incluyendo a quienes laboran en las entidades y empresas del sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728.
Para Morón, el Congreso debería tener una iniciativa legislativa que modifique la norma a fin de incorporar a todos los trabajadores: el sector estatal principalmente.
Y si bien un seguro de vida ley protege al trabajador ante un accidente o fallecimiento, su póliza es solo temporal. ¿Qué pasa si se produce una invalidez permanente del empleado? ¿Qué pasa con su carga familiar o atención médica?
Frente a ello, diversos laboralistas, entre ellos, el exviceministro de Empleo, Fernando Cuadros, han sostenido que el Gobierno debe ampliar la obligatoriedad de que las empresas también contraten el Seguro Complementario de Trabajos de Riesgos (SCTR): sectores como la minería y construcción lo tienen, sin embargo, otros no.
“Solo 192 actividades económicas de las más de 2 mil que hay en el país están obligadas a tener el SCTR” ¿Qué pasa con otros segmentos como la agricultura o restaurantes donde también - como en el caso de McDonald´s - pueden ocurrir accidentes fatales?
La República supo que el MTPE junto con el Ministerio de Salud han elaborado una propuesta enviada a la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM) con el objetivo de ampliar a 500 actividades económicas la obligatoriedad de dicho seguro. Entre ellos, se incluiría a las cadenas de comida rápidas y agroxportadoras.
A la fecha, en Perú, solo 1,8 millones de trabajadores cuentan con la protección de un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), es decir aproximadamente el 10% de la Población Económicamente Activa. En el Ministerio de Trabajo y Salud no brindaron mayor información al respecto.
Cabe indicar que dicho seguro puede ser contratada con una EPS (Empresa Prestadora de Servicios de Salud) o EsSalud y cubre atención médica en accidentes laborales, rehabilitación y asesoría preventiva.