Con motivo de la celebración del Combate de Angamos, este martes 8 de octubre es feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado, día que sin laborar es pagado por los empleadores.
“El pago del feriado es equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo. No obstante, en el caso del trabajador del sector privado, derecho a percibir tres remuneraciones, siempre que no cuente con descanso sustitutorio”, señaló Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
En ese sentido, el trabajador percibirá una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día.
Por ejemplo, si un trabajador tiene una remuneración diaria de 50 soles y no labora el feriado 8 de octubre percibirá dicho monto por el feriado.
De laborar el feriado con descanso sustitutorio, se le pagará solo 50 soles por el feriado (que viene incluido en la boleta de pago).
Pero si labora el feriado sin descanso sustitutorio percibirá triple remuneración: 50 soles por el feriado, 50 soles por el trabajo realizado y 50 soles por haber laborado en día feriado.
La CCL también recordó que el Gobierno declaró el jueves 31 de octubre de 2019 como día no laborable, compensable en el sector público y opcional en las empresas del sector privado. Ello con el propósito de promocionar el turismo interno a nivel nacional.
Al respecto, los centros de trabajo del sector privado a nivel nacional podrán acordar con sus empleados no laborar el jueves 31 de octubre, con cargo a recuperar las horas.