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Economía

SBS aprueba instrucciones para presentación del registro de operaciones de las empresas

Entra en vigencia en julio del 2020. Además, modifican el reglamento de la Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.

larepublica.pe
SBS aprueba instrucciones para presentación del registro de operaciones de las empresas

Esta mañana, a través de resolución publicada en el diario oficial El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) aprobó las instrucciones para la presentación del Registro de Operaciones Únicas y Múltiples (Instructivo RO) aplicable a sujetos obligados bajo el alcance de la Res. SBS N° 2660-2015.

La norma, que entra en vigencia el 1 de julio de 2020, excluye a los corredores de seguros y las cooperativas de ahorro y crédito que solo operan con sus socios y que no están autorizadas a captar recursos del público.

El envío electrónico del RO Únicas, anexo N° 1 del formato 501, debe realizarse mediante el sub módulo de Captura y Validación Externa (Sucave) dentro de los 15 días hábiles posteriores al cierre del período a enviar.

Respecto al RO Múltiples, anexo N°3 del formato 501, las empresas deben mantener a disposición de la SBS dicho registro, conforme a lo establecido en el artículo 49.3 del Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, por lo que se deshabilita la opción de envío mediante el Sucave.

Adicionalmente, las empresas deben crear un registro que contenga las siguientes operaciones: financiamiento por descuento, desembolso de préstamo o crédito y transferencias nacionales o internacionales con corresponsalía o intermediación.

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