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Política

PJ plantea que PNP detenga por 15 días a investigados por robo, extorsión, sicariato y trata de personas

Congresistas deberán evaluar la iniciativa enviada por el titular de la Corte Suprema, la cual modifica artículos de la Constitución del Nuevo Código Penal.

Hace unas semanas, el titular del Poder Judicial señaló que la PNP debería recibir apoyo de las Fuerzas Armadas para combatir a la delincuencia. Foto: composición LR- Andina.
Hace unas semanas, el titular del Poder Judicial señaló que la PNP debería recibir apoyo de las Fuerzas Armadas para combatir a la delincuencia. Foto: composición LR- Andina.

Este 7 de mayo, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, envió el proyecto de ley N° 7777 al titular del Poder Legislativo, el cual propone que la Policía Nacional del Perú (PNP) tenga la facultad de detener durante el plazo de 15 días a personas sospechosas de cometer los delitos de "robo, extorsión, sicariato, secuestro, trata de personas y por organización criminal".

En ese sentido, en el documento se indica que en la Primera Sesión Extraordinaria de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, realizada el 18 de enero de 2024, se acordó enviar al Legislativo el "Proyecto de Ley de Reforma Constitucional que modifica el literal f, del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú y reforma de los numerales 1 y 4 del artículo 264 del Nuevo Código Procesal Penal, respecto al plazo de detención".

No obstante, hasta el momento se desconoce si determinada comisión del Parlamento tomó la mencionada iniciativa para su respectiva evaluación. Tampoco se sabe sobre la invitación del titular del Poder Judicial para que brinde sus argumentos de la misma y posteriormente si la norma será admitida o no en el Legislativo.

Poder Judicial propone modificar el artículo 2 de la Constitución

La iniciativa propone modificar el literal f, del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución, que señala que ningún ciudadano podrá ser detenido por integrantes de la Policía Nacional si es que no existe una resolución autorizada por determinado juez del Poder Judicial por haber cometido delitos en flagrancia.

Además, se indica que el ciudadano no podrá ser retenido más del tiempo estrictamente necesario para las pesquisas y si las mismas encuentran elementos de convicción, el detenido puede ser puesto a disposición del juzgado correspondiente dentro del plazo de 72 horas "o en el término de la distancia".

No obstante, este tiempo no se aplicará a "los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, robo, extorsión, sicariato, secuestro, trata de personas y a los delitos cometidos por organizaciones criminales. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de 15 días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho término".

 Poder Judicial propone que ciudadanos intervenidos por las autoridades por determinados delitos sean detenidos preventivamente por el plazo de 15 días. Foto: Poder Judicial.

Poder Judicial propone que ciudadanos intervenidos por las autoridades por determinados delitos sean detenidos preventivamente por el plazo de 15 días. Foto: Poder Judicial.

Artículo 264 del Nuevo Código Penal se modificaría

Esta iniciativa también propone que los congresistas evalúen y definan una posición respecto a la modificación del numeral 1 y 4 del artículo 264 del Nuevo Código Procesal Penal.

Con respecto al numeral 1, se propone que la "la detención policial solo dure un plazo de setenta y dos horas (72) horas o el término de la distancia". Mientras que en el numeral 4 dice que "la detención policial o la detención preliminar puede durar hasta un plazo no mayor de 15 días naturales en los delitos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, robo, extorsión, sicariato, secuestro, trata de personas y delitos cometidos por organizaciones criminales".

Iniciativa entraría en vigencia un día después de su publicación. Foto: Poder Judicial.

Iniciativa entraría en vigencia un día después de su publicación. Foto: Poder Judicial.

Javier Arévalo: "Organizaciones criminales deben ser consideradas como terroristas"

Hace unos días, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, planteó que las organizaciones criminales en Perú sean catalogadas como terroristas y señaló que es necesario el apoyo de las Fuerzas Armadas para que la PNP enfrente con eficacia la inseguridad ciudadana.

Durante la inauguración de la Unidad de Flagrancia en Chimbote el 22 de abril, Arévalo Vela subrayó la urgencia de modificar el Código Penal para clasificar a las organizaciones criminales como terroristas, dada la creciente inseguridad ciudadana. Destacó la necesidad de un debate legislativo para autorizar esta propuesta y reforzar las leyes contra estos grupos.

Resaltó la importancia de la colaboración entre la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas para combatir la delincuencia en Perú. Citó un reciente caso en Barranco, donde un ciudadano fue asesinado. Afirmó que los índices de inseguridad ciudadana requieren una respuesta contundente.

Enfatizó que prácticas, como el cobro de cupos, asesinatos y colocación de explosivos, son comparables con las tácticas del terrorismo, lo que amerita cambios en la ley. Subrayó que las autoridades deben reflexionar sobre esta propuesta para categorizar a las organizaciones criminales como terroristas tras una definición legislativa.

Licenciado en Ciencias de la Comunicación de la Universidad César Vallejo, con interés en temas sociales y políticos. Actualmente me desempeño como redactor en la sección de Actualidad.