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¿Pueden los colegios prohibir el ingreso a alumnos con cabello largo o corte no escolar?, esto dice Indecopi

Se piensa que los alumnos no pueden ingresar a los colegios si no poseen un corte escolar, pero qué sucede con aquellos que deben de tener el cabello largo por cuestiones culturales. Indecopi responde a esta y otras interrogantes.

El 11 de marzo empiezan las clases en colegios públicos, según Minedu. Foto: composiciónLR/Andina/Pexels
El 11 de marzo empiezan las clases en colegios públicos, según Minedu. Foto: composiciónLR/Andina/Pexels

A menos de una semana para el inicio oficial del año escolar 2024, los padres de familia vienen ultimando detalles en torno a las compras de material educativo solicitado por los colegios públicos y privados. Sin embargo, poco se sabe acerca de si estos centros educativos pueden prohibir a sus estudiantes el ingreso a sus aulas por el simple hecho de tener el cabello largo o corte no escolar.

Ante ello, La República se contactó con Arturo Peñaherrera, representante de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, para que nos explique respecto a si lo alumnos puedes ir al colegio con este tipo de peinados modernos y muy populares entre los jóvenes en la actualidad.

Año escolar 2024: ¿pueden los colegios prohibir el ingreso a alumnos con cabello largo o corte no escolar?

Arturo Peñaherrera abordó todas estas consultas que muchos padres de familia, sobre todo sus hijos, se preguntan respecto a las normativas sobre el corte de cabello en los colegios tanto públicos como privados, especialmente por la proximidad al año escolar 2024, que comienza esta 11 de marzo. Según Peñaherrera, aunque el Ministerio de Educación (Minedu) no ha emitido directrices específicas al respecto, los colegios privados disfrutan de cierta autonomía para establecer reglas que aseguren su correcto funcionamiento.

¿Pueden suspender al alumno por llevar cabello largo o no escolar?

El representante del Indecopi subrayó que cualquier reglamentación interna debe ser coherente con los valores y derechos constitucionales, poniendo énfasis en el respeto a la identidad personal y cultural de los estudiantes. "Los colegios privados pueden establecer normas relacionadas con el orden y la disciplina, incluyendo el corte de cabello, siempre y cuando estas no infrinjan los derechos a la igualdad y no promuevan discriminación alguna", explicó.

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En cuanto a las posibles sanciones por incumplimiento de estas normativas, aclaró que los colegios tienen la potestad de definir qué sanciones tomar, siempre que se comuniquen claramente en el reglamento interno y se respeten los principios de proporcionalidad y no discriminación. "No se trata de sancionar por sancionar, sino de establecer medidas que respeten la individualidad", afirmó.

Indecopi: No se puede prohibir llevar cabello largo si no se especifica en el reglamento interno

Además, Peñaherrera hizo hincapié en la importancia de que los reglamentos internos sean compartidos con los padres de familia con suficiente antelación, idealmente 30 días antes del proceso de matrícula, asegurando así la transparencia y el consenso en la comunidad educativa.

"Si el reglamento interno no establece ningún tipo de restricción, no podrían establecer ningún tipo de sanción. Este documento tienen que ser enviado a los padres de familia 30 días candelario antes del inicio del proceso de matrícula. El tipo de vestimenta y cabello pintado también corre con el mismo lineamiento".

El corte escolar puede ser exceptuado por cuestiones culturales

Finalmente, abordó el tema de las excepciones culturales, como es el caso de estudiantes con corte afro y otros que pertenecen a alguna religión . "No se puede obligar a alumnos con características culturales distintivas a adoptar cortes de cabello que contradigan su identidad y derechos de cada alumno", destacó.

Licenciado en Periodismo por la Universidad Privada del Norte, con interés en idiomas, tecnología y coyuntura internacional.