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Economía

Días sin IVA en Colombia: ¿cuáles son las nuevas medidas para las siguientes fechas?

El próximo viernes 3 de julio se llevará a cabo la segunda jornada del día sin el cobro del impuesto del IVA. Con esta medida, el Gobierno busca contribuir a la reactivación económica en Colombia.

días sin IVA
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El primer día sin el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en la compra de productos en Colombia generó todo tipos de críticas: además de las grandes aglomeraciones, los consumidores denunciaron el aumento de precios y publicidad engañosa.

Por ello, el Gobierno estableció nuevos lineamientos para evitar las largas colas presentadas el pasado 19 de junio.

¿Qué días son sin IVA en Colombia?

A fin de impulsar la reactivación económica en Colombia tras la cuarentena, el presidente Iván Duque anunció tres jornadas de días sin IVA. Se trata del 19 de junio; 3 y 9 de julio.

Nuevas medidas para los siguientes días sin IVA

Debido al caos generado el pasado 19 de junio (primer día sin IVA), los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y del Interior hicieron un llamado a los gobernadores y alcaldes del país para que en el segundo y tercer día sin IVA se suspenda la venta presencial de electrodomésticos, equipos de cómputo y equipos de comunicaciones en centros comerciales.

Para cumplir con estos objetivos, los comercios tendrán que vender estos productos a través de plataformas digitales.

Además, las autoridades del Gobierno de Colombia han recomendado a los alcaldes regionales establecer horarios por género o cédula para la venta de determinados productos y objetos, así como permitir la operación de los locales comerciales las 24 horas de los próximos días sin IVA.

Por otro lado, la Superintendencia publicó la Resolución 31470 del 25 de junio de 2020, en la que se establecieron varias condiciones para el desarrollo de los siguientes días sin IVA.

1. Los proveedores de bienes y servicios deben informar de manera clara “si se ofrecerá o no el beneficio de exención del IVA a los consumidores. En caso afirmativo, indicar a qué productos les será aplicado el respectivo beneficio, el valor máximo de los productos para acceder a la exención y el límite de unidades que puede adquirir cada consumidor”.

2. Los comerciantes deben informar a su público sobre las condiciones aplicadas para realizar las compras. Por ejemplo, se debe mostrar las categorías de productos cubiertas por la medida de exención del IVA, así como los valores límites en UVT, con su respectiva equivalencia en pesos colombianos, o las condiciones especiales dispuestas por el proveedor durante estas fechas.

3. Los comerciantes deben informar que los productos deberán entregarse máximo dentro de las dos semanas después de la emisión de la factura.

4. Deben informar si el producto incluye o no el descuento del IVA, así como cualquier otro descuento en el precio.

¿Cuáles son los productos exentos de IVA en Colombia?

No tendrán costo por el impuesto del IVA los accesorios o complementos de vestuario, electrodomésticos, computadores, elementos deportivos, juguetes y juegos, vestuario, útiles escolares, y bienes e insumos para el sector agropecuario.

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