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Sociedad

Destituyen a juez de paz en Arequipa y servidora en Moquegua

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial destituyó de su cargo al juez de paz Óscar Ticona Zela y a una trabajadora de la Odecma por irregularidades.

El organismo jurídico señaló que hay excepciones para que se efectúe el trabajo presencial. Foto: Michael Ramón/La República
El organismo jurídico señaló que hay excepciones para que se efectúe el trabajo presencial. Foto: Michael Ramón/La República

El juez de paz Jaime Óscar Ticona Zela, quien laboraba en el Juzgado de Paz de 4 de Octubre del distrito de Socabaya, en Arequipa, fue destituido del cargo por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Según la Queja N° 727-2013-Arequipa, publicada este domingo 7 de marzo en el diario oficial El Peruano, el juez de paz investigado se avocó al conocimiento de un proceso civil para el cual estaba legalmente impedido, tramitó una demanda sobre obligación de dar suma de dinero y dispuso la remisión de los oficios a la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional de Perú, para el respectivo descuento.

Con esto, Ticona Zela incurrió en faltas muy graves previstas en la Ley de Justicia de Paz. La primera fue conocer, influir o interferir de manera directa o indirecta en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, y la segunda, establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros que afecten su imparcialidad y/o independencia, en el desempeño de su función.

En Moquegua, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial también destituyó a la servidora Ruth Maribel Quispe Velásquez, quien laboraba como asistente de la Unidad de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) de Moquegua.

La investigada tenía dos cargos en su contra. El primero era por desnaturalización en la tramitación y sustanciación de unos expedientes de visita. En el mismo caso señala que la investigada actuó con dolo o intencionalidad y elevó unos documentos con oficio al Superior Jerárquico de Control, haciendo mención a una “disposición superior”, que sería de dos jueces contralores, quienes al final se demostró que no firmaron dichos documentos.

El segundo cargo es “por excesiva demora injustificada y desnaturalización en la tramitación y sustanciación de los expedientes de visita”. Con estas conductas disfuncionales cometió faltas muy graves.

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