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Sociedad

Reportan largas colas en estación Arriola del Metro de Lima

Reducción de aforo de trenes genera extensas filas en los exteriores de la estación ubicada en La Victoria.

Aforo de los medios de transporte es reducido por la cuarentena focalizada. Foto: captura de Canal N
Aforo de los medios de transporte es reducido por la cuarentena focalizada. Foto: captura de Canal N

La reducción del aforo en el transporte público es una de las medidas dispuestas durante la cuarentena focalizada en Lima, Callao y regiones de alto riesgo ante el nuevo coronavirus.

En el caso del Metro de Lima, la capacidad máxima de cada tren debe ser del 50%. Esto ha provocado que este lunes 1 de febrero, en el segundo día de confinamiento, se registren largas colas en los exteriores de la estación Arriola, en La Victoria.

Los ciudadanos formas filas que, incluso, deben dar una vuelta para que no lleguen a las pistas. De acuerdo a un informe de Canal N, los trabajadores de la entidad de transportes dejan ingresar a pocos pasajeros de forma paulatina para no generar aglomeraciones.

Este mismo panorama se vio duranta la tarde en Puente Nuevo, El Agustino. Al lugar llegó personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para colocar rejas y hacer cumplir el distanciamiento social.

Tanta fue la demanda de vehículos que las largas colas tenían aproximadamente unas seis cuadras de extensión, según un informe de RPP. “Tengo como media hora aquí aproximadamente, llegan (los buses), pero lentamente”, indicó uno de los usuarios.

Restricciones de movilización

En el caso de las regiones de nivel extremo (Lima Metropolitana, Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac), los ciudadanos podrán salir solamente por el periodo de una hora para realizar actividades esenciales, como la compra de alimentos. Asimismo, solo un integrante deberá acudir a estos centros de abasto.

“Para el nivel de alerta extrema se permite la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio entre las 6.00 a. m. y 6.00 p. m.”, explica el artículo 8 del Decreto Supremo n.º 008-2021-PCM.

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