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Sociedad

Piura: proponen destitución de Juez de la Corte Superior de Justicia de Sullana

Habría admitido a trámite demanda de amparo fuera de su competencia territorial y con celeridad inusitada.

Esperan que decisión mejor sistema de justicia en corte.
Esperan que decisión mejor sistema de justicia en corte.

El Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA-PJ), doctor Vicente Walde Jáuregui, emitió una resolución mediante la cual propone a la Junta Nacional de Justicia (JNJ), destituya de la función jurisdiccional en este Poder del Estado al magistrado Jorge Santiago Ecca Peña, Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en Piura.

En las investigaciones administrativas disciplinarias llevadas a cabo por la OCMA, se le halló presunta responsabilidad de haber admitido a trámite una demanda de amparo para que surta efecto en otro distrito judicial, otorgándole al demandante una medida cautelar sin tener en cuenta la competencia territorial (Art. 51–Ley 28237, Código Procesal Constitucional), y para suspender los efectos jurídicos en una administración privada otorgados por juzgados de otro distrito judicial.

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Además, el citado magistrado habría actuado con inusual celeridad en la calificación de la demanda y otorgamiento de la medida cautelar, ya que el trámite de calificación se habría realizado el mismo día que ingresó a su despacho judicial, sin tener en cuenta que tenía expedientes en materia constitucional pendientes de resolver ingresados con fecha anterior a este caso.

Asimismo, se acredita que el investigado a inobservado su deber de impartir justicia con imparcialidad y respeto al debido proceso, al haber concedido medida cautelar incumpliendo su deber de motivación de las resoluciones judiciales y sin justificar de modo objetivo, la concurrencia de los presupuestos procesales para la aceptación de la solicitud cautelar.

Cabe resaltar que, el Jefe de la OCMA dispuso la suspensión preventiva del magistrado Ecca Peña, para no afectar los linderos de razonabilidad y congruencia de la medida adoptada, hasta que sea resuelta su situación jurídica en definitiva ante la instancia competente.

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