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Economía

Osiptel confirma multas a Entel y Bitel por más de S/ 1,3 millones

Operadores habrían incurrido en infracciones graves a diversas disposiciones normativas de los servicios públicos de telecomunicaciones.

Sanción en conjunto equivale a 303 UIT. Foto: composición LR/Andina, Bitel
Sanción en conjunto equivale a 303 UIT. Foto: composición LR/Andina, Bitel

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó la multa por más de S/ 1,3 millones, 303 UIT, a las operadoras Entel y Bitel por haber infringido diversas disposiciones normativas de los servicios públicos de telecomunicaciones.

Mediante resolución públicas en el diario oficial El Peruano, el ente supervisor declaró infundado los recursos de apelación presentado por las compañías telefónicas.

Multas confirmadas a Entel

En el caso de Entel, las multas ascienden a S/ 1 159 200, equivalente a 252 UIT. A detalle, la sanción de 51 UIT se aplica por haber incurrido en la comisión de la infracción tipificada en el artículo 6º de la Resolución n.º 083-2018-GG/OSIPTEL, por haber incumplido con lo estipulado en el artículo 4º de la referida resolución.

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Asimismo, se confirmó una multa de 150 UIT por la comisión de la infracción grave tipificada en el numeral 25 del Anexo 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Portabilidad en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por Resolución n.° 286-2018-CD/OSIPTEL, al haber incumplido lo establecido en el artículo 20 de la referida norma, de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Finalmente, se le sancionó con 51 UIT por la infracción grave tipificada en el numeral 33 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Portabilidad en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por Resolución n.° 286-2018-CD/OSIPTEL, al haber incumplido lo establecido en el artículo 22 de la aludida norma, de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Multas confirmadas a Bitel

El Osiptel también confirmó la multa de S/ 234.600 equivalente a 51 UIT por por la comisión de la infracción tipificada en el ítem 10 del Anexo 15 del Régimen de Infracciones y Sanciones del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo n.º 123-2014-CD/OSIPTEL por el incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 5 del Anexo 9 de la referida norma.

Ello al incumplir el compromiso de mejora relacionado al valor objetivo del indicador de calidad del servicio público móvil Calidad de Cobertura del Servicio - CCS en el centro poblado de Mariscal Cáceres, en el segundo semestre del año 2018.

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