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Economía

Ley ONP: el camino desde su aprobación hasta el fallo del TC

Luego de cinco meses, la ley que permite la devolución de aportes de la ONP fue declarada inconstitucional por el máximo intérprete de la Carta Magna.

La entrega del bono ONP responde en cumplimiento de la Ley n.° 31083. Foto: John Reyes Mejía/GLR
La entrega del bono ONP responde en cumplimiento de la Ley n.° 31083. Foto: John Reyes Mejía/GLR

Este jueves 4 de febrero, el Tribunal Constitucional declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley N° 31083, que autoriza la devolución de aportes a los afiliados de la ONP y la entrega de 1 UIT a los actuales afiliados. Esta demanda fue presentada por el Ejecutivo luego de observar la norma del Congreso que fue promulgada por insistencia.

El enfrentamiento entre ambos poderes inició el 25 de agosto, día en que el Congreso aprobó el texto sustitutorio que permite devolver el 100% a los afiliados a la ONP con más de 65 años, pero menos de 20 años de aportes, además de 1 UIT a los afiliados activos e inactivos, y una retribución de 930 soles a los jubilados. Previamente, dicha ley fue cuestionada por el gabinete ministerial, liderado por Walter Martos.

El 18 de setiembre, el Gobierno, presidido por el expresidente Martin Vizcarra, observó el proyecto, porque “se desnaturalizaría el Sistema Nacional de Pensiones”. Asimismo, presentó una nueva propuesta que contenía mecanismos para la devolución escalonada de los aportes de la ONP. Sin embargo, dichos planteamientos fueron archivados por el Parlamento.

El 2 de diciembre, el Legislativo aprobó por insistencia el dictamen de la devolución de aportes ONP, con 87 votos a favor, 21 en contra y 3 abstenciones. No obstante, el presidente Francisco Sagasti anunció que se presentaría una demanda de inconstitucionalidad para detener la ley.

Congreso aprueba por primera vez la ley de devolución de aportes de la ONP

El 25 de agosto, tras varios cambios al texto sustitutorio final y luego de más de cinco horas de debate, el Parlamento dio luz verde a la autógrafa que permite devolver el 100% a los afiliados a la ONP con más de 65 años, pero menos de 20 años de aportes, además de 1 UIT a los afiliados activos e inactivos, y una retribución de 930 soles a los jubilados.

Las bancadas que votaron de manera unánime fueron Alianza para el Progreso, Podemos Perú, Unión por el Perú y Frepap.

Antes de la votación final, la entonces ministra de Economía, María Antonieta Alva, y especialistas en el tema rechazaron la propuesta legislativa, ya que consideraban que esa norma afectaría a la economía peruana.

Gobierno de Martin Vizcarra observa la ley

El 18 de setiembre, el Ejecutivo observó la ley y presentó una contrapropuesta para llegar a un consenso con el Congreso de la República.

En el documento, el Gobierno proponía establecer una pensión proporcional de entre S/250 y S/ 350 a quienes hayan aportado entre 10 y 19 años. Asimismo, se adelantaba la jubilación adelantada a los 50 años tanto para hombres como para mujeres, se agilizaba los trámites de jubilación por discapacidad, y se establecía reducir de 14 a 12 cuotas el pago de pensión al año a cambio de darle mayor liquidez.

Comisiones del Congreso admiten insistencia del proyecto

El 3 de noviembre, la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República aprobó la insistencia del proyecto de ley que propone la devolución de los aportes a la ONP con 9 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.

De esta manera, solo quedaba pendiente su debate y aprobación en el Pleno del Legislativo debido a que las otras comisiones también admitieron la insistencia del proyecto. Asimismo, archivaron la propuesta presentada por el Gobierno de Martín Vizcarra.

Congreso aprueba por insistencia la ley de devolución de aportes.

El 2 de diciembre, el Parlamento aprobó mediante insistencia el dictamen que permite la devolución del 100% de los aportes a los afiliados mayores de 65 años que hayan cotizado menos de 20 años y que no reciben una pensión por no llegar al mínimo requerido.

No obstante, la postura del nuevo presidente, Francisco Sagasti, se reveló días antes: el Ejecutivo recurriría al Tribunal Constitucional para detener el avance de la ley.

Gobierno de Sagasti presenta demanda de constitucionalidad

Como ya había sido anunciado, el 9 de diciembre, el Ejecutivo, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la ley del Congreso que faculta el retiro de hasta 4.300 soles de la ONP.

Mientras se esperaba el fallo del Tribunal Constitucional, el Gobierno dispuso los mecanismos necesarios para hacer entrega de los aportes de la ONP.

“Si se declara inconstitucional, es a futuro, ya no se continuaría implementando, pero si se hubiera dado la sentencia luego de que un grupo de personas ya cobró, no se puede hacer nada”, indicó la premier Violeta Bermúdez.

El máximo intérprete de la Carta Magna admitió la demanda un día después, el 10 de diciembre.

Congreso responde la demanda de inconstitucionalidad

Luego de amenazas a la mesa directiva, el 25 de enero, el Parlamento, presidido por Mirtha Vasquez, respondió a la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el poder Ejecutivo.

En el documento, el Legislativo solicitaba al Tribunal Constitucional que se declare infundada dicha demanda, ya que consideran que “la ley se ha elaborado respetando el marco de la constitución”.

TC declara inconstitucional ley de devolución de aportes

El 4 de febrero, el Tribunal Constitucional admitió el pedido del poder Ejecutivo y declaró inconstitucional la ley que dispone el retiro del 100% de los aportes a la ONP de las personas retiradas que no cumplan con los requisitos, y la entrega de 1 UIT a los afiliados.

Sin embargo, una remuneración mínima vital (930 soles), que contemplaba dicho dictamen, se entregó a los jubilados en enero de este año junto con sus pensiones del mes.

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