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Economía

CTS: ¿cuánto debo recibir si no me depositaron nada en mayo?

Consulta AHORA cuál será el monto que recibirás por el pago de la CTS si este fue prorrogado en mayo pasado a causa de la pandemia de la COVID-19.

La CTS debe pagarse hasta antes del próximo 16 de noviembre de 2020. Foto: Andina
La CTS debe pagarse hasta antes del próximo 16 de noviembre de 2020. Foto: Andina

Al igual que julio y diciembre son los meses más esperado del año para los trabajadores de las empresas, ya que reciben su gratificación, mayo y noviembre también tienen protagonismo por el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).

Las compañías tienen hasta el próximo 16 de noviembre para hacer efectivo el depósito de la CTS a sus empleados. En mayo pasado, el pago fue prorrogado para quienes percibían un salario mayor a S/ 2.400 por el impacto que generó la pandemia de la COVID-19, pero en esta ocasión no será así. Conoce cuánto recibirás si no se te reconoció la CTS de mayo.

Aquellas empresas que prorrogaron el beneficio económico a sus empleados tendrán que hacer efectivo un doble depósito de la CTS, pero solo para aquellos que no la recibieron en mayo. Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), el nuevo pago debe incluir los intereses que hubiese pagado la entidad bancaria desde el 16 de mayo de 2020 a la fecha del depósito.

¿Quiénes recibirán la CTS?

El pago de la CTS le corresponde a aquellas personas que han trabajado en una misma empresa, de manera formal, durante más de cuatro horas diarias desde mayo hasta octubre del 2020. En el caso de que el empleado no haya estado laborando el semestre completo, solo se le depositará el dinero en proporción a los meses que sí trabajó.

Cabe recordar que los trabajadores que tengan menos de un mes en cualquier empresa y trabajen menos de cuatro horas no tienen derecho legal a recibir la CTS.

¿Cómo calcular mi CTS?

La CCI indica que la CTS se calcula de la siguiente manera: el 50% del sueldo del último sueldo, en este caso de octubre, más un sexto de la gratificación recibida en julio.

Por ejemplo, si el sueldo de un trabajador fue de S/ 3.000 en octubre y el sexto de la gratificación de julio fue de S/ 500, entonces se le pagará el 50% de S/ 3.500 que es igual a S/ 1.750.

Es importante recordar que si la persona no estuvo el semestre completo en la empresa, se le pagará, por cada mes laborado, un sexto del sueldo y de la gratificación.

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