Economía

Bono de Chatarreo: Gobierno envía al Congreso proyecto de ley

Como parte del Plan Nacional de Competitividad, Ejecutivo presentó propuesta que busca renovar el parque automotor y contribuir con el medio ambiente.

Bono de Chatarreo: Gobierno envía al Congreso proyecto de ley
Bono de Chatarreo: Gobierno envía al Congreso proyecto de ley

Este lunes el Ejecutivo presentó el proyecto de ley que promueve la renovación y el retiro del parque automotor o el conocido como “Bono de chatarreo” tiene como la reducción de las emisiones generadas por los vehículos automotores relacionadas con gases invernadero (GEI) y contaminantes locales que afecten a la salud pública, así como contribuir a reducir la siniestralidad en las vías públicas y el resguardo de la seguridad vial.

Dicha propuesta también busca promover el chatarreo como mecanismo dirigido a la renovación o retiro definitivo de vehículos del parque automotor. Entre los requisitos para los programas de Chatarreo, se indica que el propietario del vehículo deberá suscribir con la Entidad de Chatarreo un contrato de cesión de derechos para que esta solicite ante la Sunarp, en representación del propietario, el retiro definitivo del vehículo del Registro de Propiedad Vehicular así como para que se otorgue a la Entidad de Chatarreo el monto obtenido por la venta de la chatarra.

Las empresas que deseen constituirse como entidad de chatarreo deberán de inscribirse en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos a cargo del Ministerio del Ambiente (Minem) y luego ser habilitadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

En cuanto a las condiciones para acceder a los incentivos para el Chatarreo, la iniciativa señala que las personas solicitantes deberán acreditar que: "el vehículo se encuentre inscrito a su nombre en el registro de propiedad vehicular de la Sunarp; que el vehículo cuente con Tarjeta de Identificación Vehicular; en el caso de vehículos que presten el servicio de transporte público de personas y mercancías, el número de chasis y de motor deben coincidir con los números consignados en la Tarjeta de Identificación Vehicular; que el vehículo está en funcionamiento y en capacidad de llegar a la Planta de Chatarreo por su propia propulsión; que el vehículo cuenta con los componentes mecánicos y estructurales completos, los cuales son establecidos en el Reglamento”, indica el documento.

Los encargados de verificar el cumplimiento de los requisitos, previamente el otorgamiento de los incentivos económicos serán el MTC, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) o las Municipalidad Provinciales, según corresponda.

Asimismo, indica que MTC será el encargado de establecer los lineamientos generales para la determinación del incentivo económico a otorgar, así como los mecanismo de su entrega, además dictará las normas complementarias para la aplicación de lo establecido en la presente Ley, en las materias de su competencia.

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