El primer feriado del próximo año se celebrará el lunes 1 de enero, fecha que representa una oportunidad para disfrutar de una divertida fiesta, compartir una cena familiar, realizar un viaje o acudir a un concierto de interés. Ante la proximidad de este día, muchos peruanos se preguntan si el martes 2 de enero será día laborable o no.
Con el objetivo de resolver esta inquietud, te compartimos los alcances del Decreto Supremo N.º 151-2022-PCM para que sepas qué trabajadores descansarán en esta fecha y planifiques tus actividades por Año Nuevo con anticipación. Recuerda que del sábado 30 de diciembre al martes 2 de enero, los peruanos gozaremos del primer fin de semana largo del 2024, pero su aplicabilidad no es para todos. ¡Presta atención y toma nota!
Según el Decreto Supremo N.º 151-2022-PCM, el martes 2 de enero del 2024 será día no laborable para los trabajadores del sector público, no feriado. Dicha medida del gobierno busca crear fines de semana largos para fomentar el desarrollo del turismo interno y alentar a los empleados a disfrutar de un periodo de descanso alejados de su rutina de trabajo.
En ese sentido, las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los diez días inmediatos y posteriores, o según lo establezca el titular de cada institución pública. De igual forma, el 2 de enero se considera día hábil para fines tributarios y las entidades públicas deben garantizar todas las medidas respectivas para mantener los servicios públicos esenciales.
Este es el Decreto Supremo que declara el 2 de enero como día no laborable. Foto: El Peruano
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Supremo N.º 151-2022-PCM, los centros laborales del sector privado podrán acogerse a los días no laborables, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas. En caso de no alcanzar una concertación, decidirá el jefe directo.
En cuanto a las entidades y empresas sujetas al régimen privado que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, comunicaciones, transporte, seguridad, traslado de valores y expendio de alimentos, entre otras, están facultadas para determinar los puestos de trabajo excluidos de estos días no laborables y de aquellos que deben continuar operando para garantizar la continuidad de los servicios indispensables.
El martes 2 de enero ha sido decretado por el gobierno como día no laborable en el sector público, según los alcances del Decreto Supremo 151-2022-PCM. En ese sentido, las personas que laboren durante ese día recibirán su mismo salario, sin pago extra. De igual forma, si el trabajador descansa, previo acuerdo con su empleador, deberá compensar posteriormente ese día con horas adicionales, a excepción de lograr una concertación para descontarlo de sus vacaciones pendientes.