Zenaida Zea/La República
El titular del Segundo Juzgado Mixto y Penal Unipersonal de Desaguadero, Marco Antonio Ticona Miranda, sentenció a cinco años de prisión suspendida a Aurea C.C. (56), por golpear a su madre Ignacia V.C. (83).
Durante la audiencia se conoció que el hecho ocurrió el 04 de julio de 2021, en la comunidad campesina de Jachapampa, sector Liquina, del distrito de Zepita (Chucuito), donde la octogenaria habitaba en una humilde cabaña.
La mujer fue hallada culpable del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su forma de lesiones leves, también deberá pagar la suma de 5 mil 700 soles por concepto de reparación civil a favor de su progenitora, y 1000 soles para el Estado Peruano.
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El magistrado dispuso que se suspenda la ejecución de la pena, siempre que cumpla reglas de conducta. La sentenciada deberá asistir quincenalmente a la oficina de control biométrico de la Corte Superior de Justicia de Puno para justificar sus actividades, caso contrario, será internada en el penal de Mujeres de Lampa.
Según el vecino de la agraviada y exsubprefecto de Zepita, Elisbán Rondón, la agresora no es conocida como hija de la octogenaria, y habría llegado a la zona para reclamarle una herencia. Al no haber llegado a un acuerdo, optó por golpearla.
Para el abogado penalista Gerber Huanca, esta sentencia marca un precedente para que se tome en cuenta que está penada la agresión a los padres. Sin embargo, considera que el caso debería haberse calificado por el delito de violencia contra integrantes del grupo familiar.
Bajo su interpretación y teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad de la agraviada, sostiene que la condena debería ser efectiva.
También considera pertinente que la Fiscalía de familia intervenga en este caso.
El abogado recordó que el abandono a los padres también es castigado con penas no mayores a los cuatro años, ni menores de uno.