En poco más de 10 días, en los colegios estatales se dará inicio al año escolar 2023, y los padres y madres de familia aún siguen comprando los útiles escolares y demás elementos necesarios para la educación de sus menores hijos. No obstante, el Ministerio de Educación (Minedu) aclaró algunas dudas con relación al uso, presuntamente obligatorio, de algunas prendas de vestir y el aspecto físico del estudiante, establecidos por el centro educativo donde el menor fue matriculado.
El uso del uniforme escolar muchas veces es impuesto por la directiva del plantel educativo y, a los largo de los años, se ha establecido como obligatorio para la asistencia a clases, tanto en los colegios públicos como privados; sin embargo, existen casos en los que la economía de los progenitores impide la ejecución de dicha norma.
Es así que el Minedu aseguró para El Popular que “en las instituciones educativas públicas no es obligatorio el uso de uniforme escolar, según lo dispuesto por la Resolución Ministerial N.° 447-2020, que aprueba la ‘Norma sobre el proceso de matrícula en la educación básica’”.
La resolución a la que hace referencia el Minedu establece que en los colegios públicos no se puede condicionar la matrícula del estudiante a la rendición de un examen de ingreso y “tampoco se puede exigir la adquisición de uniformes o materiales, como textos escolares, material didáctico, útiles escolares o de aseo personal, ni condicionar el acceso al servicio educativo al pago de donaciones, aportes, contribuciones, pagos de Apafa u otros”, se lee en la norma.
En esa línea, el Minedu precisó que la compra de uniformes escolares es libre y no es obligatorio obtenerlos en lugares indicados por el centro educativo.
En los colegios privados la situación es distinta. La obligatoriedad del uniforme escolar es una disposición de cada institución, pero esta debe ser indicada antes de que el estudiante sea matriculado. No obstante, la compra de las prendas es libre; los colegios no pueden condicionar a los padres a adquirir en lugares exclusivos dicha prendas.
Según el Minedu, de presentarse estos casos en instituciones educativas privadas, los progenitores podrán “interponer la denuncia respectiva ante la UGEL a la que pertenece dicho colegio” y ante el Indecopi, que ha habilitado una plataforma en la que los padres pueden denunciar de forma anónima: colegios@indecopi.gob.pe. También puedes llamar al 224-7777 para Lima y 0800-4-4040 para provincias.
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En los colegios públicos no existe una norma o lineamiento que exija el uso de zapatillas blancas para actividades de educación física. Sin embargo, los colegios privados sí cuentan con autonomía para establecer un código de vestimenta.
En comunicación con La República, Andrea González, coordinadora legal de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, explicó que “este tipo de disposiciones tienen que ser para un correcto funcionamiento de las actividades y del desarrollo del menor. Esto (se debe dar) a través del sistema pedagógico, económico o disciplinario, pero no puede afectar por ningún motivo los derechos que están establecidos en la Constitución Política del Perú”, aseguró.
Además, la especialista recalcó que las condiciones tienen que ser informadas a los padres y madres de familia mediante el reglamento interno del colegio y antes de la matrícula del estudiante.