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Sociedad

¿Pagaste cuota de ingreso y vas a cambiar a tu hijo de colegio? Conoce si puedes solicitar el reembolso

No falta mucho para el inicio del año escolar 2023, por lo que Indecopi expuso cuáles son las obligaciones de los colegios.

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Indecopi recordó que esta prohibido el pago de cuotas extraordinarias o realizar cobros por cualquier otro concepto distinto a los permitidos. Foto: archivo/LR

No falta mucho para el inicio del año escolar 2023, por lo que muchos padres de familia y apoderados buscan el mejor centro educativo para matricular a sus hijos. En ese marco, es normal encontrar varias opciones que parecen la ideal. En caso de que hayas pagado la cuota de ingreso en un colegio y luego cambiaste de parecer al decidir optar por otro, te preguntarás si puedes pedir el reembolso de ese pago o si ya es dinero perdido. En esta nota de La República te respondemos esa consulta y, además, precisamos qué no te puede exigir a una escuela, de acuerdo a Indecopi.

Año escolar 2023: ¿cuáles son los cobros permitidos?

De acuerdo a Indecopi, estos son los cobros permitidos en un centro educativo privado:

  • Cuota de ingreso: este pago se debe realizar por única vez y corresponde solo para estudiantes nuevos.
  • Matrícula: este monto se cobra una vez al inicio del año y no debe ser mayor al monto de pensión.
  • Pensiones: la pensión se cobra de manera mensual. La exigencia del pago adelantado está prohibido.

Si retiro a mi hijo del colegio, ¿deben reembolsarme la cuota de ingreso?

De acuerdo a la Ley N.° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados y su reglamento, si los apoderados deciden retirar al alumno de la institución educativa, el colegio tiene la obligación de reembolsar la cuota de ingreso.

En caso de no pagar la pensión, el colegio no puede bloquear el acceso a las clases presenciales o virtuales. Foto: Andina

¿Qué no puede exigir la institución educativa privada?

¿Acabas de matricular a tu hijo en un colegio? A continuación, te presentamos qué no puede exigirte la institución educativa.

1. Cobro de cuotas extraordinarias

Indecopi recordó que esta prohibido el cobro de cuotas extraordinarias o realizar cobros por cualquier otro concepto distinto a los permitidos, como bingos, rifas, colectas, etc.

2. Todos los materiales educativos el primer día de clases

El primer día de clases no se puede exigir presentar todos los materiales, así como solicitar otros que no respondan a las necesidades de aprendizaje del estudiante.

3. Textos escolares nuevos

Los textos escolares pueden ser de nuevos o de segundo uso. En cambio, los cuadernos de trabajo, tarea o actividades, es decir, aquellos que solo se pueden emplear por una única vez, pueden ser físicos (papel) o virtuales (plataformas virtuales).

Asimismo, el organismo público precisó que los padres de familia y sus organismos de representación (Apafa o comités de aula) tienen derecho a participar en la selección de los textos escolares que serán utilizados.

¿Qué pasa si incumplo el pago de pensiones?

Por incumplimiento de pago de pensiones, los colegios no deben:

  • Bloquear las plataformas de acceso para las clases virtuales o presenciales.
  • Impedir que se rindan evaluaciones.
  • Negar la entrega de libreta de notas y señalar, en clase o a través de grupos de coordinación de Whatsaap, a aquellos alumnos que sus pensiones estén impagas.
  • Intimidar al estudiante o a sus apoderados faltando a su dignidad y desarrollo humano.