En Pasamayo. Indecopi determinó que la empresa San Martín de Porres pague casi S/ 2 millones por infringir el Código de Defensa del Consumidor. Accidente ocurrió en enero del 2018.,“Me desperté un día después del accidente pero recuerdo todo lo que pasó. Me tocó nacer de nuevo y creo que fue por mis ganas de vivir. Siempre me aferré a la vida. Lo que me pasó fue horrible. Una cosa es vivirlo y otra contarlo. Pero yo sí la puedo contar”. Carlos Ramos Vásquez disfruta de su familia. Por esas cosas del destino, su carrera de fisicoculturista la compartía con la lectura de Pablo Neruda. Fue el poeta chileno el que alguna vez escribió: “Si nada nos salva de la muerte, al menos que el amor nos salve de la vida”. PUEDES VER Accidente en Pasamayo: Confirman multa de casi S/. 2 millones a empresa dueña del bus Ayer, Carlos se enteró de que la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC) aplicó una millonaria multa a la empresa de transportes San Martín de Porres S.A., propietaria del ómnibus interprovincial que el año pasado cayó a un profundo abismo en el serpentín de Pasamayo, causando la muerte de 52 personas. Carlos es uno de los seis sobrevivientes de esa tragedia. “Tenía que haber una sanción drástica”, apunta. PUEDES VER Bus interprovincial se despista en variante de Pasamayo [FOTOS] Y así fue. Según consta en el informe de la SPC del Indecopi, se trata de la máxima sanción que impone ese organismo, 450 UIT, equivalente a S/ 1'890.000. Puso en riesgo Aquel 2 de enero del 2018, el bus de placa B0K-954 que conducía Christian Quillahuamán Cusihuamán cayó a un abismo en la ‘curva del diablo’ tras haber sido impactado por un tráiler. El rescate de las víctimas se prolongó por casi tres días. Carlos Ramos había viajado a Huacho a pasar Año Nuevo con su mamá. Ahora sabe que la empresa infringió el artículo 25º del Código de Protección y Defensa del Consumidor. PUEDES VER Pasamayo: Deudos no reciben aún indemnización a 1 año y 3 meses del accidente De este modo, la SPC ratificó la resolución del Indecopi emitida en julio del año pasado, la cual señala que la empresa expuso a riesgo injustificado a los pasajeros que viajaban en el ómnibus, pues el chofer, hoy preso, excedió la jornada máxima de manejo acumulada de 12 horas, en un periodo de 24 horas. La SPC también confirmó las medidas correctivas contra la empresa. Otro caso El Ministerio Público solicitó nueve meses de prisión preventiva para Elder Chinguel Guevara (27), chofer del bus BON-952 de la empresa Nuestra Señora del Carmen, que se volcó en la carretera Canchaque-Huancabamba (Piura), causando la muerte de tres personas y heridas graves a otras catorce.