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Política

Wilmar Elera: Poder Judicial ratifica sentencia de 6 años de cárcel y ordena su captura

Lectura de sentencia confirma pena privativa de la libertad en contra del parlamentario Wilmar Elera por el delito de colusión agravada.

larepublica.pe
Wilmar Elera renunció a la vicepresidencia de la Mesa Directiva del Congreso. Foto: composición Gerson Cardoso / La República

El congresista Wilmar Elera fue sentenciado a 6 años de pena privativa de la libertad por el delito de colusión agravada y se dispuso su captura. La decisión fue tomada por el juez del Sétimo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Ronald Soto Cortez, el mismo que anunció un adelanto de fallo el último 2 de agosto.

La sentencia contra Elera responder a su participación como supervisor de la obra Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Pacaipampa, Ayabaca, Piura. Esta obra tuvo un valor de S/ 3 612 717, 68 y un plazo de ejecución de 180 días.

El contrato fue suscrito el 13 de enero del 2012. No obstante, recién el 24 de mayo del referido año se iniciaron con las operaciones con un expediente sin firma del proyectista y la entrega parcial del terreno.

Posteriormente, al no existir responsables de la documentación, las consultas sobre aspectos técnicos del proyecto realizadas por el ingerniero residente no pudieron ser resueltas. Ante ello, el juez sostuvo que las irregularidades no fueron advertidas por el supervisor Wilmar Elera.

A raíz de ello, la obra no solo fue paralizada, sino también intervenida, y se le siguió un arbitraje que fijó una indemnización a favor del contratista por el monto de millón de soles.

Cabe destacar que la sentencia fue apelada por parte de la defensa legal del congresista.

Elera renunció a la tercera vicepresidencia del Congreso

Luego del adelanto de fallo emitido por el juez Ronald Soto, Wilmar Elera envió un oficio a la presidenta del Congreso, Lady Camones, en el que renunciaba a la tercera vicepresidencia de la Mesa Directiva.

No estoy de acuerdo, ni acepto (la sentencia), y en ejercicio de mi derecho a la pluralidad de instancia, previsto en el artículo 139° inciso 6 de la Constitución Política del Perú, estaré impugnando en su oportunidad, seguro y con la convicción que una segunda instancia con mayor merituación de los hechos y mejor valoración de la prueba aportada, me absolverá de toda responsabilidad”, señaló entonces el legislador en el documento.