Al cierre de este informe, según el portal del Congreso, el Gobierno no observó la autógrafa de la ley que modifica la definición de crimen organizado y
obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del investigado y su abogado. Al igual que con la ley que prescribe delitos de lesa humanidad,
ningún miembro del Ejecutivo ha manifestado una posición al respecto, a excepción del ministro de Justicia, Eduardo Arana.
El 31 de mayo, luego de que el Congreso aprobó en primera votación el dictamen sobre crimen organizado, Arana salió a respaldar la decisión del Pleno: “Hay que ponerles un coto a los fiscales porque no pueden catalogar cualquier hecho que a ellos se les ocurre y considerarlos como parte de una organización criminal solamente para satisfacer la necesidad de tener tiempo”.
Se le consultó al ministro qué opinaba sobre las modificaciones a los allanamientos, pero Arana volvió a criticar la facultad de los fiscales de determinar, con “sola discreción y sin control alguno”, cuando un grupo de personas debería ser considerado como uno de presunto crimen organizado.
La posición del ministro de Justicia contradice la opinión de la Dirección General de Asuntos Criminológicos de la propia cartera que lidera. Esta oficina envió a la Comisión de Justicia, con conocimiento de Eduardo Arana, hasta dos informes en los que concluye que las modificaciones planteadas a la Ley contra el Crimen Organizado no son viables.
Informe del Minjus enviado al Congreso
La declaración del ministro Arana a favor de que el Congreso modifique la definición de una organización criminal se da semanas después de que la Fiscalía adecuara la investigación que se le sigue por tráfico de influencias a la Ley contra el Crimen Organizado.
La Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos dispuso el 7 de mayo adecuar la investigación a dicha norma y ampliar por 8 meses el plazo para indagar la llamada telefónica entre Arana y Walter Ríos, destituido expresidente de la Corte Superior de Callao e implicado en el caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
La defensa del titular de Justicia se mostró disconforme con la decisión y solicitó al Ministerio Público concluir las diligencias preliminares y emitir pronunciamiento (archivar o denunciar constitucionalmente). Sin embargo, el pedido fue rechazado, por lo que recurrieron al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria para que efectúe un control de plazos.
En la audiencia, el abogado del ministro, Fernando Cirilo Rodríguez, criticó la disposición fiscal ya que, a su consideración, no hay elementos concretos para ello. También advirtió que el plazo podría ampliarse hasta 36 meses por estar bajo los alcances de la Ley contra el Crimen Organizado.
Por el contrario, la fiscal adjunta suprema Carol Cuba Peralta justificó la decisión fiscal en que el hecho investigado está relacionado a las conductas delictivas de la presunta organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto, donde Walter Ríos es considerado el “jefe”. También indicó que la investigación se amplió solo por 8 meses.
El juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley declaró infundado el recurso del ministro Eduardo Arana, reconoció implícitamente la facultad del Ministerio Público de diseñar la estrategia de investigación y determinó que el plazo de la investigación preliminar finalizará el 8 de enero de 2025.
Rechazan recurso del ministro Arana
Consultado por La República, el abogado penalista Andy Carrión indicó que, si bien considera que debería regularse el concepto de organización criminal, cuestionó el momento de las declaraciones del ministro Eduardo Arana.
“Lo que uno tiene que hacer es someterse a las investigaciones. Las opiniones del ministro no son como las de una persona particular. Si eres ministro, debes garantizar que todos se sometan a las normas. Si hay un problema con el ámbito legislativo, pues el Congreso ya está tomando cartas en el asunto”, dijo.
Según el expediente del proyecto, al cierre de este informe el Ejecutivo tampoco observó la autógrafa de la ley que prescribe delitos de lesa humanidad. Ahora, el Congreso tiene el camino libre para promulgar directamente la norma.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Perú tomar las acciones necesarias para que la denominada ‘ley de impunidad’ no prospere. Sin embargo, la presidenta Dina Boluarte y el entonces presidente del Congreso, Alejandro Soto, rechazaron la orden del tribunal supranacional y enviaron una carta “deplorando” su recomendación.