Este sábado 7 de mayo, el Congreso de la República, a través de la resolución legislativa N.° 017-2021-2022-P-CR, oficializó la vacancia de Walter Gutiérrez al cargo de defensor del Pueblo tras la renuncia irrevocable del letrado, quien permaneció en funciones por más de siete meses luego de haber vencido su mandato.
Gutiérrez Camacho siguió en funciones a la espera de que el Parlamento designe a su sucesor; sin embargo, a nueve meses de que los congresistas se instalaron, no se había iniciado dicho proceso. La comisión encargada de proponer un nuevo titular de la Defensoría se conformó el 30 de marzo.
Congreso oficializa vacancia de Walter Gutiérrez al cargo de defensor del Pueblo. Foto: captura
Mientras que el Congreso debate las propuestas para defensor o defensora del Pueblo, asume de manera interina el cargo en mención la primera adjunta Eliana Revollar Añaños.
Revollar Añaños es abogada por la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga y cuenta con una maestría en Derechos Humanos y en Gestión de Análisis de Políticas Públicas. Está laborando en la Defensoría desde 1997.
En 2017, fue nombrada como adjunta para los Derechos de la Mujer. Asumió la primera adjuntía en marzo de este año.
El martes 3 de mayo fue el último día que tuvieron los grupos parlamentarios para presentar sus recomendaciones para defensor del Pueblo ante la comisión especial. Las propuestas por bancada son:
Bancada | Propuestas |
Perú Libre | No presentó propuestas |
Fuerza Popular | No presentó propuestas |
Acción Popular | Miguel Soria Fuerte y Víctor García Toma |
Alianza para el Progreso | Víctor García Toma |
Avanza País | Julia Príncipe |
Renovación Popular | Víctor García Toma |
Somos Perú | Gastón Soto Vallenas |
Perú Democrático | Jorge Rioja Vallejos |
Cambio Democrático | No presentó propuestas |
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El grupo de trabajo que preside María del Carmen Alva ahora deberá determinar si los ciudadanos y ciudadanas cumplen con los requisitos que establece el artículo 2 de la ley orgánica de la Defensoría del Pueblo:
“El defensor del Pueblo será elegido por cinco años y podrá ser reelegido solo una vez por igual periodo. Finalizado el periodo para el que fue designado, el defensor del Pueblo continuará en funciones hasta que asuma el cargo su sucesor”, dispone la norma en mención.