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Política

Congreso aprobó PL que establece procedimientos para nombrar cargos de confianza

Modificación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo fija requisitos y un procedimiento para el nombramiento de ministros y viceministros de Estado.

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Hasta fines del 2021, seis congresistas no habían recibido ninguna dosis de las vacunas contra el COVID-19. Foto: Congreso

El pleno del Congreso de la República aprobó este jueves un proyecto legislativo que modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo a fin de establecer procedimientos para el nombramiento de ministros y viceministros, y atribuciones del Consejo de Ministros. La decisión del Parlamento busca ponerle límites a la designación de cargos de confianza en altos cargos del Estado.

El dictamen fue aprobado con 75 votos a favor y 43 en contra en segunda votación. En él se señala una serie de requisitos y el procedimiento para el nombramiento de ministros de Estado, viceministros y las responsabilidades que debe asumir la presidencia del Consejo de Ministros por estas designaciones.

“La resolución suprema de nombramiento incluye como anexo la declaración jurada del nombrado, la cual debe consignarse con detalles que cumple con los requisitos para ser ministro, así como las investigaciones fiscales, los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales está o estuvo incurso en calidad de imputado o testigo”, se señala en el artículo 15-A del proyecto, donde se hace referencia al procedimiento para el nombramiento de un ministro.

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Esta declaración jurada debe ser revisada y aprobada por el presidente de la República y la jefa del Consejo de Ministros, previo a la emisión de la resolución suprema del nombramiento. La titular de la PCM es señalado como el directo responsable de verificar el contenido de la declaración jurada e informar al Congreso sobre la misma en un plazo no mayor de cinco días hábiles tras la designación.

En caso de los viceministros, el proyecto señala que se sigue el mismo procedimiento empleado para la designación de ministros. Y se establece que no puede ser nombrado viceministro de las carteras del Interior y Defensa quienes se encuentren con una acusación fiscal o estén siendo juzgados por el Poder Judicial por los delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas.