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Política

Pedro Castillo falta al principio de transparencia si no registra sus reuniones, explican especialistas

El presidente está obligado a despachar en su sede institucional y sus actividades deben quedar registradas, de acuerdo a la Ley 28024. Podría estar incurriendo en delito de omisión de funciones, según experto.

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Pedro Castillo asumió la presidencia del Perú el último 28 de julio en una ceremonia llevada a cabo en el Congreso. Foto: Aldair Mejía/La República

En su primer mensaje a la nación, el presidente Pedro Castillo sorprendió a congresistas, invitados, televidentes e internautas cuando anunció que no gobernará desde Palacio de Gobierno y que convertirá dicha sede en un museo del próximamente renombrado Ministerio de las Culturas. No dijo, sin embargo, en dónde iba a sostener sus despachos o reuniones de trabajo.

Han pasado ya tres días desde el inicio de funciones del nuevo Ejecutivo y casi todo el país, a excepción, probablemente, de los que rodean al mandatario, no saben desde dónde Castillo Terrones está despachando ni con quién se está reuniendo. Es por eso que, para el abogado constitucionalista Luciano López, el jefe de Estado “no solamente está incurriendo en una falta administrativa, sino también en delito de omisión de funciones (artículo 377 del Código Penal)”, además de que está haciendo caso omiso del principio de transparencia.

“Lo que sucede es que la Ley 28024, que es la ley que regula la gestión de intereses, más conocida como la ‘Ley de lobby’, establece, en su artículo 16, que todo funcionario público, y a su vez el artículo quinto enumera quiénes son esos funcionarios, entre ellos indudablemente el presidente de la República, está obligado a tener que despachar en su sede institucional”, explica López. En este caso, la sede es Palacio de Gobierno.

“Pero ojo, no es que no se les permita despachar fuera de su sede institucional. Lo que dice la ley es que, si es que van a despachar fuera de su sede, tienen que señalar con quién y lo concerniente a ese despacho. Exactamente lo dice el númeral 16.3. de la Ley 28024″, agrega.

Esa misma norma establece, en su artículo 16.1, que las entidades públicas, entre ellas el Ejecutivo, cuentan con un Registro de Visitas en Línea en formato electrónico en el que “se consigna información sobre el nombre de las personas que realizan la visita”.

Allí debe estar la identificación del visitante, “persona natural o jurídica a la que pertenece o representa, funcionario o servidor público a quien visita, cargo que este ocupa dentro de la entidad, motivo de la reunión, y hora de ingreso y salida”. “La información que brinde el visitante a la entidad pública para el Registro de Visitas tiene carácter de Declaración Jurada”, se precisa.

No obstante, en el Portal de Transparencia, desde el 28 de julio, no hay ninguna visita registrada al presidente Pedro Castillo, a pesar de que, como se ha visto en los medios, se ha estado juntando con sus ministros. Por ejemplo, la noche del 29 de julio, Pedro Francke (cuando aún no juraba para encargarse de la cartera de Economía y Finanzas) llegó al inmueble de Breña para conversar con el mandatario, reportó la prensa. Ese encuentro no está consignado, como los otros tantos que ha tenido Castillo Terrones en estos días de su mandato.

“Él tendría, en todo caso, que mudar la sede y la mudanza no se hace por un acto unilateral. (...) El presidente no es un rey. Es el más alto funcionario de la nación. Pero es el primero que está obligado a cumplir con el principio de transparencia. Desde el 28 de julio, está incumpliendo la ley. Ha decidido simplemente que él va a despechar desde el inmueble en el que está reuniéndose a vista y paciencia de todo el mundo”, manifiesta López.

Opinión similar tiene la abogada Elena Alvites, profesora en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP): “El Palacio de Gobierno es un espacio de trabajo. No es obligatorio vivir allí, pero sí despachar desde allí en tanto es el espacio que está organizado para recibir visitas, reuniones y que estas, sobre todo, queden registradas”, expresa.

“Si él ha decidido (cambiar la sede), y que tampoco es sencillo, (...) hasta que eso se dé, a mi juicio, él debería despachar en Palacio de Gobierno para cumplir con las normas de transparencia y quede visibilizado con quién se reúne, quién lo visita”, añade. “Creo que está a tiempo de enmendar la situación y ajustarse a las normas de principios democráticos que es la transparencia en la gestión. Mientras más transparente, mientras más se conozca cómo se gestiona la gestión pública, un Estado es más democrático también”, argumenta.

Fiscalía podría iniciar una investigación preliminar

El constitucionalista Luciano López aclara que si bien es cierto que el presidente de la República es inmune a las acusaciones por delitos funcionales en el ejercicio de su gestión (artículo 117 de la Constitución), “ello no limita a que la Fiscalía de la Nación pueda iniciar una pesquisa preliminar por este tema y luego reservar las acusaciones hasta que el presidente termine su mandato”. “Al menos, el inicio de la pesquisa inhibe, ya es como colocarle una tarjeta amarilla”, prolonga.

Sostiene, asimismo, que la Controlaría podría iniciar una investigación para averiguar por qué no se están registrando las visitas. Algún legislador también podría pedir la información para saber qué está pasando o el Pleno —precisa López— podría llamar al primer ministro Guido Bellido para una estación de preguntas.

Por el momento, la parlamentaria Patricia Chirinos de Avanza País, tercera vicepresidenta del Congreso, ha solicitado formalmente al titular del Consejo de Ministros que informe sobre el cumplimiento del principio de transparencia de las actividades y reuniones del presidente Pedro Castillo.

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