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Política

Pedro Chávarry: apelan decisión que archivó caso por encubrimiento real

La fiscal suprema Bersabeth Revilla presentó el recurso ante el Poder Judicial esta tarde. Sala Penal Especial revisará en recurso que impugna la decisión del juez Hugo Núñez Julca.

larepublica.pe
Pedro Chávarry: apelan decisión que archivó caso por encubrimiento real

El martes 26 de noviembre, el juez supremo Hugo Núñez Julca archivó la investigación contra Pedro Chávarry por el delito de encubrimiento real. No obstante, la fiscal suprema que lleva el caso, Bersabeth Revilla, apeló la decisión esta tarde.

De acuerdo con el documento entregado a la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial este viernes a las 2:45 p.m., la funcionaria de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Anticorrupción indica que la resolución de Núñez “no está consentida o ejecutoriada” ya que existe una impugnación de por medio, la suya.

En este sentido, toca en consecuencia al magistrado supremo elevar este recurso a la Sala Penal Especial de Apelaciones que preside el juez Jorge Luis Salas Arenas.

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La investigación que se abrió en agosto del 2019, fue por los actos que tuvo Chávarry el año anterior al separar de sus cargos el 31 de diciembre del 2018 a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez.

También por solicitar reiteradamente información reservada concerniente al acuerdo de colaboración eficaz entre el Equipo Especial Lava Jato y la constructora brasileña Odebrecht.

Como tal requerimiento no se cumplió, el juez Núñez Julca indicó en su fallo que “la solicitud de información requerida (...), respecto a las condiciones del acuerdo suscrito de colaboración eficaz con Odebrecht no significaría la desaparición o la intención de desaparecer las huellas o pruebas del delito, mucho menos se aprecia, que dicha acción haya materializado o haya estado dirigida a ocultar los efectos de determinado delito.”

El juez, luego de vencidos los 90 días de la investigación y tras un recurso legal de Chávarry (excepción de naturaleza de acción), determinó que los hechos investigados no corresponden con el tipo penal, es decir, una correspondencia entre lo investigado y el delito que se imputaba.

“La conducta de evitar, frustrar, posponer que se recaben los elementos de prueba, (...) no evidencia que haya desaparecido los elemento de prueba”, señaló entonces la resolución, aunque el juez sí admitió que “el investigado Pedro Chávarry habría desplegado conductas con clara intención de frustrar la investigación seguida en contra de Keiko Fujimori Higuchi”.