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Opinión

La defensa de Nicanor Boluarte, por César Azabache

La ley debe ser preservada como un vehículo de interés general. No puede permitirse que se convierta en una herramienta manipulada en defensa de intereses privados. 

larepublica.pe
Nicanor Boluarte

La fuga de Nicanor Boluarte parece arreglada a un plan bastante simple: El mandato de prisión preventiva emitido en su contra ha sido apelado. La idea parece ser que nadie lo busque hasta que la audiencia se apelación se realice. En el camino, la fuga confirma la necesidad de la detención, en tanto deja en evidencia la permanente posibilidad de escapar con que cuenta el hermano de la actual presidenta. 

Pero esto es algo que no parece afectar los planes de la defensa.

En principio la apelación de un prófugo a la orden que dispone detenerle es un pésimo negocio. Es imposible obtener mejor evidencia del peligro que representa la libertad de una persona que su propia fuga. Pero la defensa de Boluarte, el hermano, apuesta por obtener un auto superior que lo deje en libertad a pesar de estar prófugo. La ruta no es simple. Pero existe. Se obtiene si la defensa consigue que la Sala de Apelaciones pase por alto la fuga y se concentre en obedecer el contenido literal de los recortes que el Congreso ha hecho a las leyes sobre organizaciones criminales sin observaciones de ningún tipo. 

Ocurre que las movilizaciones de transportistas lograron que el Congreso elimine los recortes que impedían usar las normas sobre organizaciones criminales en los casos de extorsiones. Pero no lograron que se eliminen los recortes que pretenden que mantener al margen de las fiscalías especiales a las organizaciones montadas para el tráfico de influencias. A Nicanor Boluarte se le investiga por dirigir una organización que traficaba con las posiciones de prefectos. Para llevarlo a juicio bajo estas reglas es preciso no aplicar los límites que impuso el Congreso para estos casos. Para liberarlo, predicar y lograr que la Sala declare que se debe al Congreso la más absoluta obediencia, sin observaciones de ningún tipo. 

En la orden de prisión preventiva impuesta al hermano de la presidenta, el juez Concepción Carhuancho ha declarado que él, como juez, no acepta los recortes impuestos por el Congreso a las leyes sobre organizaciones criminales porque los encuentra arbitrarios, y por ende, inconstitucionales. Para el Juez Concepción es inconstitucional proteger a organizaciones criminales vinculadas a personalidades encumbradas en el poder. La mafia montada por Boluarte, el hermano, alrededor de las prefecturas, responde según los términos expuestos por la fiscalía a los intereses de la presidenta Boluarte. Si es así, si esta vinculación entre una organización criminal y el poder existe, entonces la ley no debe aplicarse. 

La ley debe ser preservada como un vehículo de interés general. No puede permitirse que se convierta en una herramienta manipulada en defensa de intereses privados. 

Para mantener a salvo al hermano de la presidenta su defensa necesita que la Sala de Apelaciones ignore los términos constitucionales del debate planteado por el juez Concepción. La Sala de Apelaciones a la que aspira la defensa debe ignorar estas cuestiones. La defensa de Boluarte necesita que el debate sobre la apelación se limite a confirmar que las leyes del Congreso son eso, leyes, y que a partir de ahí se apliquen sin más observaciones.

Nuestra Constitución no vincula a la judicatura de esa manera con las decisiones del Congreso. Nuestra judicatura es y debe seguir siendo independiente. Pero eso es algo que escapa a los intereses de la defensa de Nicanor Boluarte.

Se trata entonces de las relaciones que mantiene el judicial con el Congreso y con la definición misma de la ley en las actuales circunstancias.

En noviembre de 2023 la Corte Suprema puso bajo tensión sus propias competencias en esta materia. Entonces declaró inconstitucional, sin intervención del TC, una ley aprobada por el Congreso para lograr que su entonces presidente gane un caso de su interés en el Cuzco. Se trata de la llamada “ley Soto”, sobre el tiempo de duración de los procedimientos penales. Los debates sobre la reacción del judicial ante leyes arbitrarias han sido intensos desde entonces. En junio de 2024 el Congreso aprobó una segunda ley para forzar a los jueces a aplicar la ley Soto y desconocer la decisión que la Corte Suprema había adoptado sobre ella. 

De ahí en adelante la obediencia a las leyes arbitrarias del Congreso se ha convertido en una cuestión en permanente disputa. A la ley Soto han seguido los debates sobre la prescripción en los crímenes de lesa humanidad, sobre la “entrega” a la policía de competencias para investigar delitos sin supervisión fiscal, sobre el uso de leyes para cambiar procedimientos judiciales a favor del Congreso y sobre la reimplantación de la jurisdicción privativa policial y militar para proteger actos de represión a protestas.  

El resultado de estas disputas es ahora mismo impredecible. Pero estará marcado en el periodo que comienza ahora por la próxima elección de un nuevo presidente del Poder Judicial, que se producirá en diciembre y por la forma que adopte la nueva JNJ, que entra en funciones en enero. 

Boluarte, el hermano, escapa y pone nuevamente en tensión al sistema. Olvidando lo que representa su investidura, un coro organizado de ministros le defiende. Pero que quede claro; no se trata solo de defender al hermano de la presidenta. 

Estamos hablando de un sistema que busca estructurarse a partir de una forma de obediencia incondicional al Congreso. La defensa de Boluarte apuesta a un judicial que acepte aplicar las leyes del Congreso contengan lo que ellas contengan. Un Congreso que, auto proclamado “primer poder del Estado”, quiere además ser el máximo tribunal de justicia del país; quiere decidir por ley quien debe ganar qué caso, quien debe perder o quien debe ir o salir de prisión. 

El peso que recae sobre los hombros del judicial es ahora enorme. 

Porque no es para obedecer al Congreso para lo que fueron creados los tribunales.