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En un fallo histórico, Colombia legaliza el suicidio médicamente asistido

El derecho a morir dignamente se amplía en Colombia. A diferencia de la eutanasia, en este procedimiento, el paciente es quien ejecuta la acción deliberada de acabar con su vida.

larepublica.pe
En América Latina, el único país que permite la eutanasia es Colombia. Foto: El Tiempo

La Corte Constitucional de Colombia, en una decisión histórica para el país, legalizó el suicidio médicamente asistido (SMA) como uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna, este miércoles 11 de mayo, reportaron los medios locales.

En el SMA, a diferencia de la eutanasia, es el paciente quien ejecuta la acción deliberada para acabar con su vida.

Para esta medida, ejecutada por el propio enfermo, se cuenta con la ayuda de un profesional que le facilita los medios y conocimientos para hacerlo, según Enrique Sánchez Jiménez, profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Sevilla, en su libro “La eutanasia ante la moral y el derecho”, que cita la BBC Mundo.

La legalización del Suicidio Médicamente Asistido en Colombia se tomó con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, con votación 6-3. A Lizarazo lo acompañaron Alejandro Linares, Gloria Ortiz, Diana Fajardo y Natalia Ángel Cabo. En contra, votaron Cristina Pardo, Paola Meneses y Jorge Enrique Ibáñez, consigna el medio El Nacional.

La Corte Constitucional informó que para acceder a este procedimiento se deben cumplir varias condiciones y requerimientos, similares al de la eutanasia, entre ellos que el paciente tenga un diagnóstico médico de lesión corporal, extrema gravedad o una enfermedad incurable.

También cuando se padezca de dolores psíquicos intensos que afecten considerablemente la calidad de vida y la de los familiares. La solicitud deberá partir del paciente de manera expresa.

La determinación de aprobar el SMA se produjo al estudiar una demanda presentada por Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que penaliza la inducción al suicidio, dando entre 16 y 36 meses de cárcel a quien induzca o apoye a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable.

El tribunal mencionado condicionó el artículo dejando en claro que no se considera delito y que, al contrario, la asistencia médica a la persona que manifieste su deseo de terminar su propia vida en las condiciones citadas es un medio constitucionalmente protegido.

De esta manera, Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y algunos estados de Estados Unidos en donde el suicidio médicamente asistido es legal.