En el mes de las Fiestas Patrias, se recuerda uno de los acontecimientos más importante de la historia peruana: el aniversario de la independencia. Es por ello que el gobierno decretó como feriados nacionales el 28 y 29 de julio. Estos días están pensados para que los ciudadanos puedan disfrutar de actividades recreativas o pasar tiempo con la familia. Sin embargo, hay trabajadores que deben cumplir con sus obligaciones laborales durante estos días festivos.
Según las normas emitidas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), existen regulaciones específicas para los trabajadores que laboran en días feriados, incluyendo compensaciones y descansos sustitutorios.
Trabajar en los feriados del 28 y 29 de julio implica recibir una remuneración adicional. Según las normativas del MTPE, el trabajador tiene derecho a percibir un pago del 100% de su salario diario adicional. Esto se desglosa en el pago regular por el día trabajado, más un 100% adicional por trabajar en un día feriado. Por ejemplo, si un trabajador percibe un salario diario de 100 soles, al laborar el 28 o 29 de julio, deberá recibir 200 soles por día trabajado.
El MTPE establece que, en lugar del pago adicional, el trabajador puede optar por un día de descanso sustitutorio. Este descanso debe ser otorgado de manera efectiva. En este caso, el trabajador recibirá su salario normal por el día trabajado y, además, gozará del día de descanso en una fecha posterior.
Sí, como trabajador del sector privado, puedes descansar en un día no laborable si así lo acuerdas con tu empleador. Estos días no laborables son diferentes de los feriados nacionales y su implementación depende del acuerdo entre las partes. Si decides trabajar, deberás recuperar las horas no trabajadas en una fecha posterior, según lo establecido.