Cerca de 600.000 personas naturales sin negocio ya pueden presentar su declaración anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2023. Desde el lunes 13 de mayo está disponible el Formulario Virtual N.° 709 en el portal oficial de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) para que los contribuyentes cumplan con esta obligación tributaria.
La entidad recomienda no esperar el cronograma final de vencimientos, que va del 27 de mayo al 11 de junio de 2024, según el último dígito del RUC, para presentar esta declaración. Con la habilitación del formulario se busca agilizar el trámite de declaración y pago de impuestos para aquellas personas que han obtenido ingresos de diversas categorías, entre ellas las rentas de quinta categoría.
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La Sunat comunicó que cerca de 600.000 personas naturales deberán presentar la declaración jurada de renta correspondiente al 2023. A continuación, conoce quienes están sujetos a este impuesto:
Si eres un trabajador independiente o en planilla (generas renta de cuarta y/o quinta categoría), y producto de la determinación anual del Impuesto a la Renta (IR) resulta un saldo a tu favor, puedes solicitar su devolución.
En declaraciones a RPP, Óscar Osorio, especialista de la Sunat, explicó que los contribuyentes no deben realizar ningún trámite para el retorno automático de impuestos. Solo tienen que ingresar a la página web de la entidad y escribir el número de CCI de la cuenta bancaria a donde se devolverán estos tributos.
“Siempre y cuando hagan sus consumos, tienen que pedir su boleta electrónica y dar su DNI. Si no lo hacen, no les va a favorecer ese gasto deducible. Con ellos, cuando hagan la devolución de oficio, van a tener un saldo a favor”, señaló.
Vale mencionar que hay otro tipo de devolución de parte, en la que el contribuyente podrá solicitarla inmediatamente después de presentar su declaración anual utilizando el formulario N.º 1649. Además, en caso de ser necesario, las personas pueden solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, justo después de presentar la declaración, sin tener que ir a una oficina de la Sunat.
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La Sunat estableció un cronograma que determina las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto a la renta 2023, la cual está dirigida a los trabajadores independientes (cuarta categoría) y en planilla (quinta categoría). Dicho periodo va desde el 27 de mayo hasta el 11 de junio de 2024, según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Como es de conocimiento público, desde el lunes 13 de mayo ya está disponible el Formulario Virtual N.º 709 en el portal institucional de la entidad recaudadora para que las personas naturales sin negocio cumplan con su responsabilidad fiscal correspondiente al ejercicio gravable del 2023. Sin embargo, la Sunat insta a los contribuyentes a no esperar el cronograma de vencimientos para presentar su declaración:
Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
0 | 27 de mayo de 2024 |
1 | 28 de mayo de 2024 |
2 | 29 de mayo de 2024 |
3 | 30 de mayo de 2024 |
4 | 31 de mayo de 2024 |
5 | 3 de junio de 2024 |
6 | 4 de junio de 2024 |
7 | 5 de junio de 2024 |
8 | 6 de junio de 2024 |
9 | 10 de junio de 2024 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 11 de junio de 2024 |