El congresista Américo Gonza de Perú Libre ha presentado un proyecto de ley para derogar el Decreto Ley N°25897, que crea el Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones (SPP), conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones AFP. La baja rentabilidad que brindan a los afiliados es una de las principales razones que sostienen su iniciativa.
El proyecto de ley n° 5795, presentado este viernes 1 de septiembre, sostiene que los afilados al sistema privado se han visto afectados de diferentes formas. Por ejemplo, los empleadores no pagan a tiempo los aportes, prueba de ello es que existen más de 750.000 procesos judiciales y una deuda en las cuentas de capitalización individual que supera los S/22.000 millones, se precisa en el documento.
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Además, las AFP registraron pérdidas en la rentabilidad de los fondos en los primeros cuatro meses del 2023, y se calcula que hay una disminución de S/4.346 millones, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Sumado a reportes de usuarios que declaran que sus fondos registran pérdidas de hasta S/7.000.
Mientras los trabajadores ven cómo se reducen sus fondos, las AFP siguen ganando a través de las comisiones. "En nuestro país las AFP cobran las comisiones más altas (17% de 3%), de la región, por administrar los fondos, lo que les reporta altas rentabilidades patrimoniales, aun durante la crisis financiera. Mientras los fondos de pensiones de los afiliados reportaron grandes pérdidas, lo que pone en riesgo su pensión de jubilación", se precisa.
Con la premisa que los fondos de los afiliados no crecen cómo debería y no serán suficientes para que los trabajadores tengan una pensión digna, y que otras entidades del sistema financiero ofrecerían mayores tasas de retorno, el congresista propone eliminar el sistema de las AFP. De tal manera que los fondos acumulados sean devueltos en su totalidad a los aportantes.
En las disposiciones complementarias finales del proyecto de ley se señala que la SBS tendría un plazo de 90 días luego de promulgarse la norma para establecer el procedimiento operativo de la devolución de fondos. Mientras que la "devolución íntegra" se deberá efectuar dentro de los seis meses posteriores.
La propuesta legislativa deberá pasar por la evaluación de las comisiones del Congreso antes de llegar al Pleno para su debate y votación.