El Congreso de la República oficializó, por insistencia, la modificación de la Ley 24686, que crea en cada instituto de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales el Fondo de Vivienda Militar y Policial (Fovipol).
Entre los cambios que introduce la nueva ley 31826, se encuentra la modificatoria al artículo 22. Anteriormente, solamente indicaba que el personal militar y policial quedará excluido del aporte al Fovipol, una vez que haya cancelado el monto de la vivienda o préstamo respectivo.
Ahora, se agrega que los aportantes pensionables que hayan pasado a retiro sin haber sido beneficiado por el fondo, puede solicitar la devolución del total de sus aportes, más los intereses generados. El plazo máximo para la devolución de este dinero será de tres meses luego de haber presentado la solicitud.
La norma anterior establecía que el aporte obligatorio del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que cuenten o no con casa o terreno propio es el 5% de su remuneración pensionable. La modificatoria aprobada en el Congreso establece que la contribución será el 2% de la remuneración consolidada pensionable.
En cuanto al aporte del Estado, su cuota es el equivalente al 2% de las remuneraciones pensionables del personal policial y militar, el cual será incluido en los respectivos presupuestos anuales. La nueva norma indica que este aporte será el mismo porcentaje pero de la remuneración consolidada pensionable.