Este jueves 27 de abril se publicó la Ley Nº 31729 que actualiza el Bono de Reconocimiento, medida que fue aprobada por insistencia del Congreso de la República hace unas semanas y que estaba a la espera de su promulgación.
Según indica la norma, el ministerio de Economía y Finanzas tiene un plazo no mayor a los 12 meses para emitir y establecer requisitos para la transferencia de este aporte económico. Además, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) establecerá los procedimientos y orientación para que los usuarios conozcan y hagan efectivo su cobro.
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Igualmente, como disposición complementaria final se indica que la Oficina de Normalización Previsional (ONP) emitirá de oficio y "de manera semestral, el listado de aportantes que tienen derecho al Bono de Reconocimiento y lo comunica a las AFP para que se realicen los trámites correspondientes”. Cabe señalar que el bono será transferido a los usuarios al momento de su jubilación.
La misiva indica también que se modifica el artículo 12 del Decreto Ley 25897, que crea el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones. Es así que, los bonos serán depositados de oficio en la cuenta individual de capitalización (CIC). Además, pueden hacerse como forma de endoso y a través de la AFP en la que está afiliado el trabajador.