El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó a todas las empresas de más de 100 trabajadores que están en la obligación de contar con un Reglamento Interno de Trabajo, sea cual fuere su modalidad de contratos laborales.
El ministerio precisó que este documento debe ser puesto en conocimiento del trabajador cuando ingresa a laborar, y su elaboración estará a cargo de la empresa. "En el reglamento se recogerán todas aquellas disposiciones directorales, administrativas y de carácter técnico que sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes en la relación laboral", señaló en una nota de prensa.
Debe recordarse que mediante Decreto Supremo n.° 039-91-TR y normas complementarias, se debe tener en cuenta que las principales disposiciones que regulan las relaciones laborales, son las siguientes:
El MTPE es la autoridad competente ante la cual los empleadores deberán presentar la solicitud para la aprobación de su Reglamento Interno de Trabajo. Una vez aprobado el reglamento, este documento debe ser puesto a disposición de los trabajadores dentro de los cinco días naturales posteriores a la aprobación.