
Con 92 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 596, 3505, 3707 y 3798, que modifican la Ley 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.
El dispositivo conjunto propone extender por 10 años más el beneficio de esta ley implementada en el 2003 durante el gobierno del expresidente Alejandro Toledo.
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Este impuesto fue creado para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional.
El impuesto se aplica a todas las personas naturales nacionales o extranjeras que ingresan al territorio nacional, empleando medios de transporte aéreo de tráfico internacional.
El importe del impuesto asciende a US$ 15 y es consignado y cobrado conjuntamente a través de todos los billetes o boletos de pasaje aéreo.





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