
Con 92 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 596, 3505, 3707 y 3798, que modifican la Ley 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.
El dispositivo conjunto propone extender por 10 años más el beneficio de esta ley implementada en el 2003 durante el gobierno del expresidente Alejandro Toledo.
Este impuesto fue creado para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional.
El impuesto se aplica a todas las personas naturales nacionales o extranjeras que ingresan al territorio nacional, empleando medios de transporte aéreo de tráfico internacional.
El importe del impuesto asciende a US$ 15 y es consignado y cobrado conjuntamente a través de todos los billetes o boletos de pasaje aéreo.






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